Por Gabriela Riera
Los puntos centrales de la discusión que concentró el Foro de Cultura Digital 2015, que el Ministerio de Cultura de la Nación realizó en el Centro Cultural Kirchner (CCK) –además de temas como la legislación, los derechos de autor y la propiedad intelectual, y la accesibilidad y la inclusión social–, se concentraron en el uso y acceso a Internet. A lo largo de los encuentros, debatieron Niv Sardi, colaborador de la aplicación Popcorn Time y partícipe del libre acceso a la cultura y sus contenidos; Víctor Yunes, secretario de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC); y Martín Becerra, escritor, profesor universitario y especialista en medios de comunicación, entre otros.
A lo largo del debate, la mayoría de los disertantes se posicionó a favor del libre acceso, y fueron apoyados por el público, que aplaudió cada una de las propuestas. Becerra, investigador universitario y docente, plantea como fundamental garantizar el derecho a la palabra y a la cultura en el mundo digital, cambiar el eje de discusión del control al de la garantía de derechos.
Además, presentó el marco regulatorio y la legislación actual como “inadecuados y artificiales”. Citó como ejemplo a seguir el nuevo marco civil brasileño sobre Internet, sancionado en 2014, que “contraviene una lógica que enfatiza la restricción de derechos antes que pensar en la garantía de los civiles”. La traducción al castellano de este código se puede consultar en el link http://blog.congresointeractivo.org/traduccion-al-castellano-del-marco-civil-de-internet-de-brasil/.
“El derecho de autor –que no es absoluto, sino relativo– no lo ejerce el propio autor, sino organismos o empresas. Esto es un ruido interesante para investigar, porque hay diferentes agentes que intervienen”, reflexionó el especialista universitario, quien aclaró que “no es lo mismo la relación directa, sin intermediarios”. “Es hora de que empecemos a preocuparnos por una nueva legislación”, finalizó.
Víctor Yunes (SADAIC) sostuvo que tiene “más preguntas que respuestas”. Diferenciándose de los demás disertantes, el representante adhirió a que “el creador tiene que cobrar por su trabajo”, algo en lo que todos estuvieron de acuerdo. La discusión pasa por las formas de cobrar o de hacer efectivo ese pago. Quizás aquí cabe hacer la aclaración: no es lo mismo el copyright, que se refiere a la libre multiplicación de obras de arte o producciones de un autor, que el “derecho de autor” como lo conocemos en Argentina, donde se reconoce la autoría y la propiedad intelectual de una obra.
“Sería inhumano pedirnos que no hagamos esto”, ironizó Niv Sardi (colaborador de Popcorn Time, una aplicación de reproducción de medios de código abierto, que fue pensada como una alternativa a los servicios de transmisión de videos por suscripción, tales como Netflix. Transmite películas en forma gratuita sin la autorización de las compañías propietarias de los derechos de autor) al comienzo de su exposición, en referencia al uso de Internet como una necesidad central en la comunicación. “Popcorn no innovó en la accesibilidad, pero sí simplificó los procesos y por ende la facilidad de uso”, explicó, y añadió que se debe redefinir la relación usuario-proveedor-autor.
Y todo, para compartir y debatir:
Relacionadas:
Entre piratas y corsarios de la era digital – Cibersoberanía. Debates de la industria cultural en la era digital – El ecosistema Internet y la cultura digital