Foto TELÁM
Por Gabriela Calotti
«En la Argentina no hubo ninguna guerra, sí hubo una cacería brutal, atroz, planificada y criminal con aplicación de métodos atroces y aberrantes por parte de una dictadura cívico-militar contra parte de la población integrada por trabajadores que impulsaban reivindicaciones de mejoras salariales, de condiciones de trabajo y contra un sector de la población que decidió resistir contra esa dictadura”, sostuvo el jueves Luisina Gallo, una de las dos abogados que expuso el alegato de dicho organismo querellante en el juicio que lleva adelante el Tribunal Oral Federal Nº 1 de La Plata.
En el marco de la audiencia 136 de este debate oral y público que transcurre su etapa final, esa querella se manifestó respecto de los delitos de que fueron víctimas 610 personas que estuvieron secuestradas en los centros clandestinos de tortura y exterminio que funcionaron en las mencionadas Brigadas de Banfield, Quilmes y El Infierno de Lanús, con asiento en Avellaneda, y en la Brigada San Justo entre 1974 y 1979.
«No hubo dos bandos equivalentes enfrentados o dos demonios como se pretende instalar nuevamente. Hubo una dictadura criminal», sostuvo la letrada que enmarcó los hechos “aberrantes probados en esta causa” como “delitos del derecho penal internacional en particular de lesa humanidad” en el marco de un genocidio. Estos delitos están comprendidos en el Derecho de Gentes por su carácter universal e imprescriptible, precisó.
Gallo consideró que “el resurgimiento de discursos negacionistas, obligan institucionalmente a esta parte a hacer referencia frente a cualquier intento de volver sobre la ‘teoría de los dos demonios’ que está llena de discursos de odio generando violencia en la sociedad”.
La represión obrera y la complicidad empresarial
Seguidamente, la letrada centró su parte del alegato en la represión sufrida por trabajadores y trabajadoras, en particular en el conurbano bonaerense, en particular en la zona sur, y en la “complicidad empresarial con el sistema represivo”. “El sector empresarial estaba consustanciado con el proceso de reorganización nacional”, enfatizó.
Como indicó el Ministerio Público Fiscal (MPF) en su alegato, “el 48% de las víctimas eran trabajadores”, sostuvo, antes de considerar que “el ensañamiento de la represión contra el movimiento obrero que por entonces tenía un alto grado de organización […] era un gran obstáculo para el modelo económico dictatorial”.
En ese sentido recordó el testimonio contextual en este juicio de la investigadora Victoria Basualdo según quien se puede hablar de “prácticas represivas empresariales” como un conjunto de “métodos represivos que se repetían”. Basualdo aseguró que “existió un patrón de conducta que se repitió en numerosas fábricas” y que incluyó la presencia y actividad militar de control, supervisión y amedrentamiento, participación de miembros de las Fuerzas Armadas (FFAA) y seguridad en cargos directivos, agentes de inteligencia infiltrados y operativos militares en predios fabriles.
“Dentro de las propias fábricas se produjeron secuestros de trabajadores, se confeccionaban listas de trabajadores, las empresas hacían aportes económicos a las fuerzas represivas, se usaban vehículos de las empresas en operativos de secuestro y también se produjeron secuestros en el trayecto entre las fábricas y sus casas. Hubo inclusive un centro clandestino dentro de las mismas fábricas. Muchas de estas prácticas fueron relatadas en este juicio”, relató la abogada.
Como ejemplo citó el caso de la fábrica SAIAR de termotanques ubicada en Quilmes donde el 13 de abril de 1976 el Ejército ingresó a la planta con carros de asalto y ametralladoras según numerosos testimonios que ubicaron aquel día allí al entonces capitán Federico Minicucci, imputado en esta causa que además lleva su nombre, quien era amigo del gerente de relaciones laborales Juan Manuel Martínez Riviére que había ingresado justo seis meses antes.
Marcos Alegría, Nicolás Barrionuevo, Tomás Camdepadros, Horacio Codesal, Jorge Varela, Argentino Cabral y Mariano Arcench… Varios eran delegados. Recordó el caso de Luis Adolfo Jaramillo, secuestrado al salir de la fábrica luego de renunciar. René Matoso, testigo en este juicio, compartió cautiverio con Jaramillo en El Infierno de Lanús.
Trabajadores de la planta de la automotriz francesa Peugeot en Alpargatas donde los delegados no eran reconocidos por la empresa que reclamaba mayor productividad a expensas de las condiciones de trabajo. “Tras el golpe se perdieron derechos dentro de la fábrica y mayores exigencias en los niveles de producción. Habían aumentado en casi 40% de coches por día. Exigían más y más a los operarios”, recordó Gallo en función de testimonios de sobrevivientes y familiares.
Sobre lo que ocurría en la planta brindó detalles Alfredo Maly, sobreviviente del Pozo de Quilmes fallecido en 2006. Maly recordó el copamiento militar de la fábrica en noviembre de 1976. El 16 de septiembre de 1977 fue secuestrado cuando regresaba a su casa y fue llevado al Pozo de Quilmes. Allí había otros compañeros de la planta: Santos Goria, Domenico Favazza, Jorge Guidi y Vicente Fiore.
“Estos ataques fueron planificados para disciplinar a la clase obrera mediante el terror, desarmar las organizaciones gremiales de base que eran un obstáculo para las empresas que acompañaron un fuerte intervencionismo militar” por esta razón “se debe hablar de la concreta responsabilidad del sector patronal en la persecución y desaparición de trabajadores”, afirmó Gallo.
La letrada Verónica Bogliano, directora de Querellas por Crímenes de Lesa Humanidad de la Subsecretaría de Derechos Humanos bonaerense leyó en voz alta los nombres y apellidos de todas las víctimas que pasaron por esos cuatro CCD aunque no sean caso de este juicio al considerar que ese acto “forma parte de la reparación”.
Tras afirmar que “es abrumador la cantidad de gente que pasó por estos centros clandestinos”, Bogliano se refirió a la materialidad y valoración de los hechos. “Vamos a acusar a todos los imputados por coautoría funcional porque formaron parte del plan represivo y formar parte esencial de una parte del plan de exterminio», sostuvo.
“En nuestra historia nacional existen sobrados antecedentes del accionar de las Fuerzas Armadas y de las fuerzas de Seguridad para saltarse los resortes del Estado desde 1930, en particular el atroz bombardeo de Plaza de Mayo y la proscripción del peronismo. Por lo tanto surge la llamada Resistencia Peronista la cual es también reprimida, desaparecieron a Felipe Vallese -quien inauguró esta triste práctica-, fusilaron a los presos de Trelew entre otros eventos históricos que buscaban aleccionar a la población”, afirmó antes de asegurar sin embargo que “nunca las Fuerzas Armadas habían apuntado sus armas contra el pueblo como lo hicieron a partir de 1976”.
Bogliano mencionó entonces las fechas exactas en las cuales según los legajos personales de los imputados, que fueron analizados por la Fiscalía en su extenso y pormenorizado alegato, los imputados prestaron servicio en relación con estos cuatro centros clandestinos.
Federico Antonio Minicucci, responsable del Área 112 tenía jurisdicción, control y responsabilidad total en los CCD de Banfield, Quilmes, Lanús y San Justo como jefe del Regimiento III de Infantería de La Tablada como teniente coronel entre el 6 de diciembre de 1975 y el 5 de diciembre de 1977.
Respecto de los imputados que se desempeñaban en el Destacamento de Inteligencia 101 de La Plata, la letrada precisó:
Guillermo Alberto Domínguez Matheu, se ocupaba de personal y de servicio y luego como jefe de actividades psicológicas como capitán del 7 de diciembre de 1972 al 22 de diciembre de 1976.
Carlos Gustavo Fontana, su función era de enlace entre el Destacamento 101 y el Batallón 601 con el grado de capitán entre el 12 de diciembre de 1975 y el 22 de diciembre de 1976.
Roberto Armando Balmaceda se demostró que como teniente primero y capitán dirigió la sección central reunión interior y cumplió funciones como jefe de contrainteligencia y operaciones especiales entre el 22 de diciembre de 1977 y el 2 de noviembre de 1981.
Jorge Héctor Di Pasquale cumplió como capitán de artillería la jefatura de la sección de operaciones especiales del 20 de diciembre de 1977 al 24 de febrero de 1980.
Carlos María Romero Pavón, con el grado de capitán tuvo a su cargo la sección central de reunión y luego reunión interior desde el 7 de abril de 1977 hasta abril del 1979, fecha en la cual pasó a cumplir funciones en la Escuela Superior de Guerra.
Alberto Julio Candioti, como teniente primero y luego como capitán fue jefe de la sección comando y servicio y luego reunión interior del 9 de enero de 1978 al 7 de abril de 1979.
Jaime Lamont Smart. En su caso esta querella precisó que “atento a la prueba” quedó comprobado su rol como ministro de Gobierno del 8 de abril de 1976 al 4 de septiembre de 1977. Cumplió “esa función jerárquica durante los años más salvajes de la dictadura en la llamada lucha contra la subversión”, sostuvo la letrada que recordó la reciente condena a prisión perpetua en su contra en la causa Orué.
“La policía bonaerense estaba subordinada a las autoridades militares. Debajo de la cúspide estaba la jefatura y debajo se ubicaban la Dirección de Investigaciones, de la cual dependían las Brigadas de Investigaciones de Banfield, Quilmes, San Justo y Lanús, y delitos contra la propiedad y delitos contra las personas; y la Dirección de Seguridad”, precisó.
Desde 1984 está acreditada la participación en la represión de las policías provinciales.
Respecto de los cuatro funcionarios policiales imputados en esta causa, la letrada mencionó a:
Jorge Antonio Bergés, se ha comprobado que cumplió funciones como médico en la Dirección de Investigaciones de la Policía de la provincia de Buenos Aires del 18 de febrero de 1975 al 18 de diciembre de 1984.
Juan Miguel Wolk, prestó servicios en calidad de jefe de la División Delitos contra la Propiedad y contra las Personas como comisario inspector dependiente de la Dirección General de Investigaciones desde el 11 de octubre de 1974 hasta el 12 de agosto de 1976. Luego fue titular de la Dirección de Investigaciones Zona Metropolitana. Entre el 1 de enero de 1977 y el 2 de enero de 1979 siguió prestando servicios en Banfield como comisario mayor. Bogliano recordó la responsabilidad de Wolk en la causa Hogar Belén en la que fue condenado el año pasado a prisión perpetua.
Enrique Augusto Barre, cumplió servicios como segundo jefe de la División Delitos contra la Propiedad que funcionaba en el Pozo de Banfield entre el 1 de agosto de 1975 y el 1 de junio de 1976.
Horacio Luis Castillo, cumplió funciones en el Pozo de Banfield entre el 10 de agosto de 1976 y el 3 de marzo de 1977 y en dos periodos en El Infierno de Lanús: del 3 de septiembre de 1975 al 10 de agosto de 1976 y del 9 de marzo de 1977 al 14 de febrero de 1979.
“Todos los delitos perpetrados son de lesa humanidad, aunque haya desprevenidos o malintencionados que quieran reflotar la discusión”, sostuvo la abogada antes de afirmar que “la jurisprudencia los reconoce como delitos de lesa humanidad”.
También solicitó que la persecución y los delitos cometidos contra el colectivo LGTBI sean considerados “de lesa humanidad”.
“No existe ninguna especie de conducta atenuante de los imputados”, afirmó antes de enfatizar: “Ninguno de los imputados ha manifestado arrepentimiento ni tampoco ha brindado información sobre las víctimas que continúan desaparecidas ni de los nietos, nietas que necesitan recuperar su identidad”.
En su petitorio reclamó al Tribunal que los imputados sean condenados a prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua; que se les revoquen las prisiones domiciliarias. Esta querella solicitó en particular al Tribunal que impulse una “oportuna investigación para luchar contra la impunidad biológica” como ocurrió en este juicio en el que varios imputados fallecieron sin juzgamiento.
Desde el inicio del debate oral y público, el 27 de octubre de 2020, fallecieron impunes seis imputados. Más de 500 testigos prestarán declaración en este juicio. El tribunal está integrado por los jueces Ricardo Basílico, que ejerce la presidencia, Esteban Rodríguez Eggers, Walter Venditti y Fernando Canero.
Las audiencias pueden seguirse por las plataformas de La Retaguardia TV o el Facebook de la Comisión Provincial por la Memoria. Más información sobre este juicio puede consultarse en el blog del Programa de Apoyo a Juicios de la UNLP.