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Autoridades laborales de seis provincias rechazaron el avance del DNU 70 en material laboral

Las autoridades de los ministerios de Trabajo de seis provincias rechazaron enfáticamente los puntos del DNU vinculados a aspectos laborales, debido a que «colisionan con los derechos» esgrimidos en la Constitución nacional.

Los representantes de las seis provincias que firmaron el comunicado fueron el ministro de Trabajo de la provincia de Buenos Aires, Walter Correa; el subsecretario de Trabajo de Formosa, Julio Ricardo Valdéz; la secretaria de Trabajo de Santiago del Estero, Julia Comán; la ministra de Trabajo y Empleo de Tierra del Fuego, Sonia Castiglione; el secretario de Trabajo y Promoción del Empleo de La Pampa, Marcelo Pedehontaá; y la secretaria de Trabajo de La Rioja, Myriam Espinosa.

Las autoridades laborales firmantes sostuvieron que el contenido del DNU 70/2023 en su Título IV denominado «Trabajo», así como el proyecto original de la denominada ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos en su Capítulo IV, «Empleo Público», «colisionan definitivamente con los derechos constitucionales» establecidos en el artículo 14 bis y «con los principios que ilustran el Derecho del Trabajo y del Empleo Público, pues implican una regresión inadmisible en nuestro ordenamiento jurídico e institucional, marcado a fuego por el Principio de Progresividad».

El manifiesto, además, enumera una serie de derechos que se intentan vulnerar con la norma y describe el impacto negativo que han tenido para los trabajadores cada una de las medidas adoptadas por el Gobierno nacional en materia de trabajo.

A continuación, el comunicado completo: 

Nosotros, los representantes de las carteras laborales de las provincias que componen la Nación argentina, con el objeto de fortalecer la unión nacional, afianzar la justicia y la paz social, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios que nuestra Constitución y los Tratados y Pactos Internacionales con idéntica jerarquía establecen para los y las trabajadoras de nuestra Patria, 

Considerando

Que la Nación argentina ha adoptado para su gobierno la forma representativa republicana federal, y que cada provincia ha dictado su propia Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional, donde se encuentran aseguradas la administración de justicia, el régimen municipal, y la educación primaria. 

Que las Provincias deben actuar y conformarse a la mencionada Constitución, las leyes de la Nación dictadas en consecuencia y a los tratados y pactos internacionales, dada la supremacía normativa de las mismas

Que nuestro accionar encuentra su eje normativo en el relevante Artículo 14 bis de la Norma fundamental que establece: “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.”

Que dicho Artículo también garantiza a los gremios: “…concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo”

Que finalmente establece los “… beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del 

Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna”.

Manifestamos

Que el contenido del DNU 70/2023 en su Título IV denominado “Trabajo” así como el proyecto original de la denominada Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos en su Capítulo IV “Empleo Público” colisionan definitivamente con los derechos constitucionales arriba transcriptos y con los principios que ilustran el Derecho del Trabajo y del Empleo Público, pues implican una regresión inadmisible en nuestro ordenamiento jurídico e institucional, marcado a fuego por el Principio de Progresividad.

Advertimos, a más de 4 meses de asumido el nuevo Gobierno Nacional, que las condiciones materiales de vida de los sectores merecedores constitucionalmente de tutela diferenciada se han visto ostensiblemente deterioradas. 

No se trata solamente de la situación inflacionaria, sino de la ausencia de todo tipo de mecanismo de control respecto de precios en bienes esenciales, tarifas en servicios, alquileres, provisión de medicamentos, asimismo el espíritu desregulador ha avanzado en todas las áreas de la actividad económica, pero pone un único techo, y paradójicamente, es a la recomposición salarial, a la Negociación Colectiva, a las Paritarias.

A este escenario de inflación descontrolada, salarios congelados, parálisis deliberada de la actividad estatal se suma la paralización de la Obra Pública y el desguace sin criterio ni razón que pueda explicarlo, de innumerables organismos estatales con la consiguiente ola de despidos o cesantías que condenan a familias enteras a la desesperación y la indigencia.

Así las cosas, las Provincias, territorio natural donde acontecen e impactan las decisiones que a golpes de Decretos de Necesidad y Urgencia se adoptan desde el Ejecutivo Nacional, se ven desfinanciadas al borde de poner en crisis su accionar básico, el pago de sueldos y la compra de insumos que permitan cumplir con funciones estatales impostergables.

No hay sector de la sociedad que no esté padeciendo por alguna de las situaciones descriptas, y reiteramos, con flagrante violación de nuestra carta Magna, graves e innecesarios perjuicios, de quizá imposible reparación ulterior. 

Discapacidades, niñeces, diversidades, beneficiarias y beneficiarios de la seguridad social, investigadores, artistas, protagonistas de la cultura, estudiantes de todos los niveles, ven peligrar sus proyectos o directamente sus vidas: no llegan alimentos a los comedores; se dieron de baja arbitrariamente planes sociales; se restringió el acceso a la salud de los jubilados y a la medicación de pacientes oncológicos; no hay programas que contemplen el desarrollo de los sectores más vulnerables. Mientras estas líneas son escritas se profundiza el daño, se ha liberado el precio de la telefonía celular y de los servicios de telecomunicaciones, esenciales para la vida cotidiana, y ha comenzado a circular un nuevo proyecto de “Ley Bases” que en nada subsana el actual estado de cosas, donde además se pretende reinstalar el impuesto a las ganancias sobre salarios, consagrando una injusticia que el propio Presidente había colaborado a eliminar con su voto cuando hace tan solo 5 meses era diputado.

Instituciones diseñadas precisamente para hacer efectivas las garantías y derechos sociales contenidos en la Constitución, como el Consejo Federal del Trabajo, la Comisión del Salario Mínimo Vital y Móvil, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, entro otros, no están funcionando o se demora su convocatoria.

Por ello, resulta necesario que las Provincias, entidades preexistentes a la Nación, comencemos a accionar en conjunto en el marco de las leyes fundacionales que han regido los destinos de la Patria desde su organización, normas que hemos jurado respetar al asumir nuestros cargos y que, más allá de cualquier diferencia ideológica, se ven violadas por las referidas decisiones del poder ejecutivo nacional, tal como lo viene declarando la Justicia, no sólo en el capítulo laboral que nos compete.

En este estado de situación, las carteras laborales provinciales firmantes nos comprometemos, en ejercicio de nuestras respectivas competencias, a trabajar coordinadamente a fin de evitar la sanción de toda norma que indique un avasallamiento de los derechos sociales y laborales reseñados que redunde en la satisfacción de las necesidades del pueblo trabajador, objetivo primario de la actividad política y de la función pública.

Somos Pueblo, y sólo el Pueblo Salvará al Pueblo.


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