Por Manuel López Melograno
Fue el primer juicio en el que un tribunal entendió que hubo intervención empresaria para deshacerse de delegados y trabajadores combativos y disciplinar a los operarios. “Demostramos que Levín fue partícipe necesario, coautor, y logramos que la justicia lo considere como un crimen de lesa humanidad”, sintetizó Oscar Rodríguez, abogado de la APDH La Plata que fue querellante en el proceso que condenó a 12 años de prisión a Marcos Levín, empresario transportista dueño de La Veloz del Norte. El fallo confirma y sienta jurisprudencia de que las fuerzas armadas no actuaron solas. Hasta ahora, ya habían sido condenados dos vecinos comerciantes en Tandil, un funcionario público en La Plata y, ahora, un empresario en Salta.
“La justicia es lenta pero llega” podría ser un dicho más en la vida cotidiana de cualquiera, pero no para la familia Cobos, que esperó 40 años a que se hiciera justicia desde la desaparición de Víctor Manuel, un trabajador de la empresa de transporte. Levín es el primer empresario –ya hubo otros tres civiles, dos comerciantes y un funcionario de la provincia de Buenos Aires– condenado en la historia de los juicios por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar.
El Tribunal Oral Federal de Salta entendió que en la causa hubo intervención empresaria para deshacerse de delegados y trabajadores combativos y disciplinar a los operarios. Ocurre que Cobos, además de trabajar en La Veloz del Norte, era delegado gremial de la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y uno de los más combativos de aquella época.
A horas de la histórica sentencia del Tribunal Oral Federal de Salta, Oscar Rodríguez explicó a Contexto que fue convocado desde un primer momento por el Encuentro de Memoria, Verdad y Justicia de Salta, y por una red de abogados en donde participaban también los letrados David Leiva y Marta Vedio, todos parte de un grupo de abogados que ya venían trabajando juntos a fines de la década del 90, en la primera red de abogados que se crea en La Plata y que ya en el año 2000 estaba trabajando sin pausa.
Rodríguez recuerda que Víctor Manuel Cobos era uno de los representantes más combativos de aquella época, mientras que la empresa La Veloz del Norte “es una empresa de las más grandes y monopólicas, lo que significaba que, como dueño, (Levín) tenía el control monopólico del transporte y de todo el movimiento político de la región”.
Consultado por la estrategia de la defensa, explica: “fue basada en que el empresario Levín denunció en esos tiempos que había entre 30 o 40 trabajadores que robaban dinero de la venta de pasajes y que por eso pidió la detención”. El tema es que “manda presos treinta, cuarenta tipos, los manda a la tortura, y finalmente la causa cayó por desinterés y Levín quedó sobreseído”.
“La Justicia salteña de ese momento –continúa el abogado que recorre el país para aportar en los juicios de lesa humanidad– decide que los demás casos de detención de presos laburantes de La Veloz del Norte no son delitos de lesa humanidad y que el único caso era el de Cobos, por ser delgado sindical y no un común trabajador, no dando lugar a la presentación del grupo de trabajadores”.
Pero hoy, y luego de un duro trabajo de la fiscalía y la querella, “quedó demostrado que en distintos operativos no solo en Salta, sino también en Tucumán, se usaron trasportes de Levín, choferes de su empresa y que incluso él mismo estaba esperando a los ‘detenidos’ en la comisaria en cada operativo, en un plan criminal con las peores torturas”, aseguró Rodríguez.
“Es muy fuerte que un solo laburante haya llevado a juicio a un empresario como Levín”, dijo el abogado, quien calificó a la sentencia como “muy contundente”, ya que recorrió los fundamentos de la propia querella. También destacó el buen trabajo de la fiscalía, aunque marcó una diferencia: “Ellos iban por litigación y nosotros por participación necesaria, y nos la dieron”. Para la querella, cuenta el abogado que expuso para la parte en el juicio, la contribución del condenado al hecho es de la importancia de un autor, porque “la contribución más importante fue de Levín, no de los policías”. Algo que toma una dimensión histórica con la sentencia, que, por mayoría, “toma la idea de partícipe necesario y coautoría, tal cual lo pedimos desde la querella”. Los detalles se sabrán el próximo 23 de mayo cuando se conozcan los fundamentos del tribunal.
Un camino que nace en el norte
“Nosotros pensamos que esta etapa debería ser la etapa del juzgamiento al poder civil, ya que para nosotros estos empresarios no son solo partícipes: son autores del delito de genocidio, autores intelectuales y brindaron un claro apoyo económico al golpe”, afirmó Rodríguez, que calificó el fallo como “histórico” y “un antecedente importantísimo”, y agregó: “Acá lo importante era Levín, porque todo el mundo sabe que lo importante era llegar al empresario, no al comisario y al policía, que ya está demostrada su participación”.
Marcos Levín fue dueño de La Veloz del Norte desde su fundación en 1942. Según recuerda el informe sobre Responsabilidad Empresaria, vendió 50 por ciento de su capital accionario en septiembre de 2012 a Luis Derudder, dueño de Flecha Bus. Justamente, en enero de ese año, se hizo público su pedido de indagatoria por crímenes de lesa humanidad.
Un punto de partida
Con la condena a Levín del Tribunal Oral Federal de Salta, es la primera vez que la justicia argentina analiza la responsabilidad empresaria en el contexto del terrorismo de Estado, ya que es el primer juicio que entiende que hubo intervención empresaria para deshacerse de delegados y trabajadores combativos y disciplinar a los operarios.
“Esto es como una cabeza de proa del desembarco del juzgamiento del sector civil en argentina y tiene un valor jurídico y político absolutamente significativo, porque el eje es este ahora”, remarcó el letrado, que al tiempo reconoció la sentencia como “absolutamente importante y paradigmática, e histórica”. Por eso llamó a continuar en esa lucha porque “lo importante es lo que están aportando los medios que difunden estos temas tanto como el aporte que hicimos nosotros los abogados”.
Así, el fallo sienta un precedente que de ahora en más los juicios van a tener. “Es una condena concreta, y en Salta, además, que es juzgada por muchos sectores como una sociedad conservada, que de todos luchó 40 años para llegar a esto”.
Alerta por el rol que desempeñará el Estado
Consultado por el rol que debe asumir el Estado, Rodríguez dijo que “claramente estamos en el momento político inapropiado, en un gobierno que se anuncia a favor del empresariado y que ahí están los distintos guías y jóvenes del sector ligados al argumento empresarial, al empresariado joven que ya vimos en los 90. Yo no quiero volver a esa página pero estamos volviendo”.
Finalmente, aseguró que la sentencia “se pronuncia puntualmente a favor de la democracia. Es estrictamente democrática, ya que generalmente las sentencias en términos de poder son en contra de la clase baja o de los más vulnerables. Estamos en una etapa política que es regresiva según mi modo de ver, y que tan pronto aparezca esta sentencia es realmente maravilloso”.
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LOS COBOS, UNA FAMILIA ACECHADA POR EL APARATO ESTATAL REPRESIVO
“A Cristina Cobos, la hermana de Víctor, el trabajador desaparecido, le mataron a su marido dentro del servicio militar cuando entró a hacer la colimba. Y después le mataron a su hermanito Martín. Fue una familia perseguida políticamente”.
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CIVILES CONDENADOS: DOS COMERCIANTES Y UN FUNCIONARIO
Las primeras tres condenas a civiles por crímenes de lesa humanidad ocurrieron en 2012. Por un lado, cuando el Tribunal Oral en lo Criminal de Mar del Plata condenó a Emilio Felipe y Julio Manuel Méndez en el marco de la causa abierta por el asesinato del abogado laboralista Carlos Alberto Moreno –ocurrido en 1977–, defensor de los trabajadores de la cementera Loma Negra. La condena de los comerciantes fue la primera a civiles en los juicios orales iniciados por crímenes de la dictadura.
A ellos, se sumó luego Jaime Smart, ministro de Gobierno bonaerense durante la última dictadura, que fue el primer funcionario civil condenado por los crímenes de lesa humanidad cometidos en los centros clandestinos del circuito Camps. También fue en 2012. Durante la sentencia, el tribunal compuesto por los jueces Carlos Rozanski, Mario Portela y Roberto Falcone lo condenó a prisión perpetua por el homicidio de Jorge Rubinstein, abogado del grupo Graiver, secuestrado en una trama que se desarrolló en el corazón de Papel Prensa, y por 57 privaciones ilegítimas de la libertad.
Pero ninguno de los tres eran empresarios.
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Qué hizo Levín
Del alegato de los fiscales en la causa, se desprenden una serie de aportes que hizo el dueño de La Veloz del Norte. Entre los principales puntos se destacan que Levín creó las condiciones sociales favorables para el accionar represivo, aportó con distintos medios información de inteligencia sobre los trabajadores que favorecieron su detención y facilitó las listas de trabajadores que debían ser detenidos y torturados. Para los operativos puso choferes, vehículos y automóviles de la empresa que se usaron para los secuestros y traslados. Aportó personal dependiente de la empresa para los traslados de los detenidos que estaban en Tucumán. Además, facilitó las instalaciones de la empresa para que se produjeran los secuestros.
También, concedió recursos económicos y dádivas al personal policial para que reprimiera a los trabajadores, y hasta fue reconocido él mismo en las comisarías, recibiendo a los detenidos.