Por Flavio Rapisardi (desde Jujuy)
Pablo Miguel Pelazzo es el fiscal general subrogante ante el Tribunal Oral Federal de Jujuy. De palabra precisa, modesta y clara, este joven fiscal “tiene” en sus manos una causa titánica que no lo amedrenta: el juicio a un civil del genocidio reorganizador (Gras: 2012): Carlos Pedro Blaquier, dueño y señor de Ingenio Ledesma. Cabe aclarar que la Cámara de Apelaciones de Salta apartó de la causa a Pelazzo a raíz de una recusación planteada por la defensa de Blaquier y Lemos, decisión que fue confirmada por los jueces Hornos, Geminiani y Riggi de la Sala IV de Casación. La familia judicial, la araña, no soporta que le tensen hilos que la mantienen como funcional engranaje de la hegemonía conservadora.
El mal porteño unitario no afecta sólo a los “proístas” de la pedante Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sino también a quienes se conformaron como su sombra que tiene los kilómetros de su brutal hegemonía cultural que, por ejemplo, hace bautizar “Lavalle” a una de las calles principales de Purmamarca.
Lo que de manera muy precisa Horacio Verbitsky denominó “cuentas pendientes” merece, a mi entender, una especificación: la patria que tenemos no logró expandir no sólo los mecanismos más justos de inclusión de “otros” alcanzados en grandes ciudades (el racismo en Jujuy es apabullante), sino que también la pelea por la memoria, la verdad y la justicia requiere reforzar no sólo la institucionalidad de un poder que venimos analizando en su enmarañamiento, sino también en los desarrollos de articulaciones sociales que incluya organizaciones, movimientos, universidades y grupos de interés: las únicas pintadas contra Blaquier en San Salvador de Jujuy son de la Tupac Amaru.
Con motivo de la conmemoración del último 24 de marzo, en Contexto escribió la Dra. Mariana Álvarez García, hija de padre desaparecido y querellante de la causa. Allí, la complejidad del caso, las deudas y los desafíos son planteados. Contexto tuvo la oportunidad de charlar con el fiscal Pelazzo. La agudeza, su claridad conceptual y su humildad nos llena de optimismo sobre la posibilidad de una justicia legítima y democrática, y también nos llevó a hacer, de una entrevista, un diálogo donde “contexto” vuelve a ser no una fuga, sino una apelación necesaria si queremos lograr consagrar la verdad, la justicia y frenar el olvido que agitan algunos candidatos de la derecha criolla.
¿En qué punto se encuentran la causa Blaquier?
Las causas relacionadas con la responsabilidad de los empresarios Blaquier y Lemos en Jujuy se encuentran en un punto donde la impunidad vuelve como posibilidad de clausura de estos hechos que ya llevan 38 años sin un juicio que determine cuál fue el rol de los empresarios en la ultima dictadura. Como tantas otras veces se denunció en distintas causas de lesa humanidad: que, desde el fin del llamado proceso de reorganización nacional, se preparó un plan para garantizar la impunidad de sus responsables. Así, el “Documento final” del año 1983, la ley de Autoamnistía, las leyes de “Punto Final” y “Obediencia Debida” y los indultos formaron parte de una estrategia de impunidad que duro hasta que en 2003 el Congreso anulo esas leyes. Las Cámaras reabrieron las causas.
La confirmación de esta última ley por parte de la CSJN y la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de impunidad en junio de 2005 consolidaron la reapertura. Si bien esto permitió el avance de las causas y la posibilidad de juzgar a los responsables de los delitos cometidos, en muchos casos, esa estrategia de impunidad se siguió implementando desde el mismo poder judicial, donde se obstruyó sistemáticamente la instrucción de las causas rechazando los pedidos de detención e indagatorias, de ampliación de indagatorias, de ampliación de procesamientos, las solicitudes de acumulación de causas, y se denegó casi la totalidad de los recursos de apelación interpuestos consecuencia de los constantes rechazos aludidos. En el caso de Jujuy, esto culminó con la renuncia del juez subrogante Olivera Pastor, quien ocupó ese cargo luego de la partida de Horacio Aguilar a la Cámara de Apelaciones de Salta.
«la impunidad vuelve como posibilidad de clausura de estos hechos»
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Sin pruebas
Como vemos, en las causas donde se imputan a Blaquier y Lemos delitos de lesa humanidad, sus actuales defensores fueron funcionarios en los juzgados que intervinieron en el trámite de las mismas. Aguilar fue juez en Instrucción y miembro de la Cámara de Apelaciones de Salta, y Diego D’andrea fue secretario de Aguilar en el Juzgado jujeño junto a Olivera Pastor, que luego paso a subrogar a Horacio Aguilar.
–Luego de la renuncia de Olivera Pastor lo sucede en el cargo Fernando Poviña, quien el 15 de noviembre de 2012 ordenó el procesamiento de Blaquier y Lemos en las causas “Burgos y Arédez¨.
–El 22 de noviembre de 2012, la Fiscalía de instrucción interpuso recurso de apelación en contra de la resolución de fecha 15/11/12.
–El 4 de abril de 2013, la Cámara Federal de Casación Penal resolvió designar a Federico Santiago Díaz para integrar la Cámara Federal de Apelaciones de Salta atento a la inhibición de Rabbi-Baldi Cabanillas, quien había sido recusado por la querella, por formar parte de la Asociación de Ciencias Morales y Ética a la que también pertenece Blaquier.
–El 23 de agosto de 2013, la Cámara Federal de Apelaciones de Salta resolvió rechazar las apelaciones de la defensa, querellantes y MPF, confirmando el procesamiento de los imputados Blaquier y Lemos en la causa “Arédez”.
–El 5 de diciembre de 2013, la Cámara Federal de Apelaciones de Salta resolvió no hacer lugar a las apelaciones de la defensa, querellantes y MPF, confirmando parcialmente el procesamiento ordenado por el magistrado instructor en la causa “Burgos”.
–El 6 de septiembre y 20 de diciembre de 2013, la Fiscalía General interpuso recursos de casación en contra de la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta en Arédez y Burgos respectivamente, recursos que fueron resueltos el pasado 13 de marzo de 2015, en los que la Sala IV de la Cámara Federal de Apelaciones dictó “falta de merito” en ambas causas.
Así, luego de más de un año de las resoluciones de la Cámara de Apelaciones de Salta, Casación entiende que no existen pruebas que acrediten el conocimiento por parte de Blaquier y Lemos de que el aporte de las camionetas para los operativos del 24 de marzo y 20 de julio (conocido como “la noche del apagón”) en Jujuy fueron para secuestrar, torturar y desaparecer a quienes en su gran mayoría habían sido trabajadores de la empresa Ledesma y se habían organizado sindicalmente para defender sus derechos.
¿Cómo se llegó a esta “decisión”?
Para resolver de la forma en que lo hizo, la sala IV de la Cámara de Casación no sólo ignoró el análisis de las dos instancias anteriores (el juzgado de instrucción y la CFAS), sino que también trató un tema que debía ser evaluado por un Tribunal Oral en un juicio donde los jueces escuchen a los testigos, analicen de primera mano las pruebas y se dicte una sentencia.
El análisis de las instancias anteriores y también el sostenido por el MPF para establecer la responsabilidad de los empresarios en los crímenes imputados tuvieron en cuenta el contexto histórico nacional y local en el que sucedieron los hechos, lo que implica analizar el poder y control estructural de la empresa Ledesma, las relaciones de la empresa con el régimen, el proyecto económico de la dictadura y los beneficiarios del mismo, la represión a las organizaciones sindicales y particularmente las relaciones de la empresa Ledesma con el sindicato, el poder fáctico de la empresa tanto a nivel nacional como provincial, y finalmente el aporte de la empresa a la represión (la logística, la información y las camionetas) como aporte material en los delitos imputados.
Nada de lo señalado fue tenido en cuenta por Casación, quienes, con un lenguaje dogmático, carente de fundamentos y con innumerables contradicciones, obviaron pruebas e indicios que contextualizan y dan sentido a las acciones de los empresarios hoy beneficiados con la falta de mérito dictada.
¿Qué lugar y papel ocupan los conflictos con los sindicatos en esta causa?
Los recortes periodísticos agregados a la causa, de fecha 12 de agosto de 1973, señalan que en un informe efectuado por la Subsecretaría de Salud Pública, la misma expresa: “Puede afirmarse que una de las peores condiciones de vida observada en la Provincia por esta Subsecretaría […] se comprueba en los lotes del personal zafrero en la zona del ramal”; “la situación es irregular desde cualquiera de los ángulos que se analice: laboral, sanitaria y social. El contraste que se comprueba en esa zona de altísima productividad y de bajísimo nivel de vida de sus trabajadores se puede sintetizar señalando las condiciones de marginalidad y explotación que allí siguen vigentes”; “Estas situaciones son: Condiciones infrahumanas de vivienda, con promiscuidad y hacinamiento incompatibles con la dignidad del hombre. Mal nutrición y falta de atención médica. Carencia de servicios sanitarios mínimos”. “Se ha comprobado hasta cuatro familias (15-16 personas) hacinadas en pocilgas de 10 metros cuadrados, sin luz, sin agua, sin ventilación, durmiendo en el piso de tierra. La salud, el decoro y la privacidad del núcleo familiar no cuentan para estos marginados”. En otro recorte periodístico titulado “Las transgresiones” se afirma que: “La inspección realizada por la Subsecretaría de Salud Pública de la Provincia a la Empresa Ledesma S.A.A.I., para verificar el cumplimiento de la Ley 1655 […] abarcó el Pueblo Ledesma, El Talar, lotes […] Paulina, Florencia, San Antonio, Palos Blancos, Yuchan y Maíz Negro […] de la misma surge que Ledesma transgrede 39 incisos de un total de 69 que definen sus obligaciones. Si vemos por ejemplo el caso del Hospital de Ledesma la dotación de camas llega al 50% de lo exigido […] es muy escaso el índice de consultas médicas en relación a la población…”; “En estos lotes de Ledesma S.A.A.I. también son deplorables las condiciones generales de vida de la población zafrera, se repite el panorama lamentable de hacinamiento, promiscuidad y alta exposición al riesgo de enfermar y morir. Esta situación llega a límites extremos e inadmisibles en lote El Talar donde más de 10.000 personas se aglomeran en el más alto grado de hacinamiento que se ha observado en la provincia”.
Frente a las condiciones descriptas, las organizaciones sindicales comenzaron, en la década del setenta, a reclamar fuertemente mejoras en las condiciones y el cumplimiento de las leyes citadas en relación con las viviendas y otras reivindicaciones postergadas por la empresa. El mecanismo adoptado para desactivar los reclamos obreros fue la intervención del sindicato y la represión con participación de vehículos de la empresa, de lo cual también existen pruebas en la causa, que, según la interpretación de la CFCP, no constituye prueba suficiente del conocimiento de Blaquier y Lemos de la participación de las camionetas en el conflicto con los obreros.
En el Expte. N° 341/75, caratulado “Figueroa, Luis Carlos y otros…”, surge que el 21 de marzo de 1975 se iniciaron actuaciones policiales en la Comisaría Seccional N° 24, con el objeto de tomar medidas preventivas que garanticen la intervención del Sindicato de Obreros y Empleados del Azúcar del Ingenio Ledesma, y poner así en posesión de su cargo al “delegado normalizador”.
Entre las medidas mencionadas por los mismos policías, se encuentran: “Acuartelamiento en la zona de efectivos policiales de las Comisarías […] 9ª, 11ª, 24ª, y Cuerpo de Infantería”; “Vigilancia de los integrantes de la Comisión Directiva a fin de investigar sus actividades antes de producida la intervención…”; “Constantes patrullajes en la zona a fin de detectar la presencia de activistas y extremistas que podrían encontrarse actuando con motivo de la citada intervención”; “Controles camineros estrictos y permanentes con el objeto de localizar dirigentes sindicales de otros Ingenios Azucareros que podrían ingresar a esta provincia para brindar apoyo a la Comisión del referido Sindicato…” y “Rodeo con efectivos policiales de la manzana donde se encuentra ubicado el local sindical con el propósito de evitar la ocupación del mismo…”. Además, surge también que: “Teniendo en cuenta la misión específica que cumple Gendarmería Nacional en esta localidad de proteger los bienes de la empresa, el suscripto solicitó a la misma la intervención correspondiente”.
«El mecanismo adoptado para desactivar los reclamos obreros fue la intervención del sindicato y la represión con participación de vehículos de la empresa»
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Los recortes periodísticos y el expediente citado denotan los conflictos sociales y reclamos sindicales, como así también el seguimiento preciso y detallado efectuado respecto de las víctimas de esta causa, ya que en el expediente figuran listas con nombres y actividades de quienes fueron posteriormente perseguidos.
La persecución conjunta y coordinada entre las fuerzas represivas estatales y la empresa también se expresa en los volantes publicados por el sindicato, que se encuentran agregados a las causas, donde se acusa a la empresa de haber facilitado ambulancias, camionetas y todo tipo de vehículos para trasladar a los efectivos policiales en la intervención del Sindicato Azucarero.
¿Cuál fue la logística y la información suministrada por la empresa?
A los testigos y víctimas que mencionaron el uso de las camionetas de la empresa en los operativos de secuestro debemos añadir la facilitación de información de las personas que debían ser secuestradas. En ese sentido, podemos mencionar: “1) La clasificación que se realizaba en la oficina de personal de la empresa Ledesma colocando cintas rojas a los legajos de los empleados de la empresa que eran sindicalistas y activistas, los que eran reservados en un armario especial del jefe de personal, al cual habrían tenido acceso personal de las fuerzas de seguridad; 2) La expresión escuchada a las fuerzas de seguridad por parte de Alfredo Cortez, quien fue detenido el 20 de julio, y escuchó decir a quienes lo custodiaban: ‘estos de Ledesma son más hinchas pelotas. Ellos son los que movilizan a los jefes para que nosotros laburemos’; 3) Las detenciones a personal del ingenio realizadas en el propio lugar de trabajo, como es el caso de Ernesto Samán, detenido dentro de la fábrica por dos personas de civil que lo llevan a la Seccional 24 del ingenio y que al regresar de su detención al ingenio encuentra a las mismas personas que lo detuvieron, las cuales estaban charlando con el jefe de relaciones públicas Oscar Peverelli y su secretaria; de Walter Hugo Juárez, detenido cuando un jefe le ordena salir afuera de su trabajo, oportunidad en que es detenido junto con otras personas; y también de Dardo Eulogio Morales, detenido en la fábrica del ingenio por Jaig en julio del 75, a las 3 de la mañana. A Morales, en diciembre de 1976, cuando estaba detenido en Gorriti, el comisario Jaig le dijo: ’¿Viste lo que te pasó por hacerle huelga a Ledesma?’; 4) El seguimiento e investigación de los empleados que desarrollaban acción sindical, como era el caso de Weisz, respecto de quien la agencia de investigaciones ‘World Division -Psicología Industrial’, por pedido de la empresa Ledesma, confeccionó un detallado informe sobre las actividades del dirigente gremial y otrora empleado, sus relaciones y sus vínculos familiares y profesionales. Obra además en el legajo secuestrado de Weisz un memorándum confeccionado a máquina sobre las actividades conocidas de Jorge Weisz, que lo define como un gremialista agitador y panfletero dedicado a generar problemas promoviendo ante cada conflicto un “plan de lucha” e interviniendo y participando en cada huelga realizada por el gremio. Este informe de inteligencia sobre las actividades gremiales de Weisz y los panfletos presuntamente por él repartidos fueron puestos a conocimiento del imputado Alberto Enrique Lemos, según letra manuscrita en carta interna de la Empresa Ledesma S.A.A.I. con nota de elevación el día 9 de abril de 1973; 5) La manifestación de Mario Paz, quien, conforme testimonio de Teresa Adriana Arédez, hablando como si fuera dueño de la empresa Ledesma, expresó que sus directivos habían puesto mucho dinero para realizar el golpe de Estado de marzo de 1976, y que a cambio ‘deberán sacarnos de encima mucha gente que nos está molestando…’; 6) La voluntad de Ledesma S.A. de cambiar el lugar de residencia de los principales referentes sindicalistas (expulsarlos de la zona de la compañía), por ejemplo el propio imputado Blaquier ofreció a Arédez, a través de Rubén Abdala, que eligiera el lugar en el país y que se fuera de Ledesma (testimonio de Adriana Arédez); 7) El testimonio de Lara Virginia Sara Luz Abdala, quien dijo que sus padres le contaron que Lemos dijo que los directivos del Ingenio colaboraron con las fuerzas del orden facilitándoles el uso de camionetas».
¿Las víctimas del operativo del cual Blaquier y la empresa son participes eran militantes?
Las víctimas de esta causa, sus familiares y compañeros de trabajo o sindicato y militancia desarrollaban actividades que resultaban contrapuestas a los intereses de la empresa. De las víctimas en las causas Burgos y Arédez se desempeñaron como empleados de Ledesma S.A.A.I.: Arédez, Melian, Gainza, Bueno, Guillermo G. Díaz (quien trabajo en el aserradero), Luis Alfaro Vasco, Hipólito Alvarez (se desempeñaba como herrero), Alfonso Waldino Cordero (trabajó como mecánico y participó en el gremio), Germán Tomas Córdoba (también empleado de la empresa), Salvador Cruz (fue gremialista, vocal del sindicato de Obreros de Calilegua), Luis Víctor Escalante (empleado), Héctor Narváez (oficial herrero, fue secretario general del Sindicato de obreros y empleados de Calilegua y también presidente de la Federación Azucarera Regional hasta el año 1974), Enrique Núñez (empleado y secretario de actas del Sindicato de obreros y empleados de Calilegua y después de la Federación Azucarera Regional), Mario Martín Núñez (empleado), Román Patricio Rivero (trabajó como peón de la empresa y fue dirigente sindical).
A pesar de que la Cámara Federal de Apelaciones de Salta no responsabilizó a Carlos Pedro Blaquier y Alberto Enrique Lemos por los delitos cometidos contra Ernesto Reynaldo Saman, Walter Hugo Juárez, Casiano Bache, Eduardo César Maldonado, Isidro Salinas, Humberto Filemón Campos, Alfredo Benjamín Cortez y Miguel Ángel Garnica, es importante señalar que ellos también fueron empleados de la empresa Ledesma.
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La complicidad civil
La actividad sindical de los mencionados fue vigilada por la empresa, lo cual se encuentra documentado en las causas. Cuando queremos ampliar los anillos de responsabilidad hacia civiles empresarios, la lucha se complejiza.
¿Qué relación encontrás entre Blaquier y Lemos con el dispositivo represivo del cual fueron un engranaje?
No es menos importante al momento de tener en cuenta el contexto en que sucedieron los hechos la relación de Blaquier y Lemos con las autoridades militares y otros civiles ligados al régimen dictatorial tanto a nivel nacional como provincial. Respecto de las relaciones a nivel nacional podemos mencionar: 1) La relación estrecha de Blaquier con Martínez de Hoz, Jaime Perriaux, el llamado “Club Azcuenaga”, cuya casa de reuniones pertenecía a Blaquier, y a cuyos integrantes se considera autores y ejecutores del “programa económico” del “proceso”; 2) La activa participación de Blaquier en una publicación en apoyo al régimen en la revista Times; 3) La creación y posterior actividad represiva del puesto de gendarmería en predios de la empresa; 4) El convenio firmado con Bussi; 5) La designación de un ex militar de alto rango, el brigadier Teodoro Álvarez, para desempeñarse como personal jerárquico de la empresa, y su relación con los trabajadores, quien asistía a las reuniones con los delegados gremiales, entre quienes se encontraban la mayoría de las víctimas de las causas; 6) La “Adhesión al 4º Aniversario del proceso de reorganización nacional. Ledesma S.A.A.I. Azúcar, Papel Alcohol”, publicada en el diario El Pregón de Jujuy; 7) Las declaraciones de Mario Paz (jerárquico de la empresa) en la película Sol de noche respecto de las relaciones de la empresa con las fuerzas represivas y con el plan golpista. También la presencia de Mario Paz cuando se produjo la visita de la Comisión Interamericana de DDHH en el Hotel Versalles de Tucumán con el fin de evitar que familiares de víctimas denunciaran los hechos.
Estas pruebas permiten afirmar que las relaciones existentes entre los imputados y las distintas fuerzas iban más allá de aquellas de tipo protocolar, y que los mismos conocían y querían los fines represivos, de los cuales eran beneficiarios. Por el contrario, las relaciones poseían motivaciones tan comunes a ambas partes, y justamente por ello generaron el préstamo de vehículos propiedad de la empresa, la puesta a disposición de personal y el intercambio de información a partir del 24 de marzo, para el secuestro y torturas de aquellos sindicalistas y opositores políticos de la empresa, a sabiendas por parte de aquellos del destino que iba a dárseles a los mismos.
La Cámara de Casación con su decisión impide que un Tribunal valore estas pruebas y llegue a una sentencia. Le queda a la Corte la decisión sobre lo resuelto por Casación, que hasta ahora sólo se puede traducir en impunidad.
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