Por Contexto
Los cientos de miles de argentinos que esta tarde saldrán a las calles a protagonizar un nuevo «ruidazo» contra la suba indiscriminada de tarifas recibieron anoche un nuevo espaldarazo de la Justicia. La buena noticia llegó desde el juzgado nacional Nº 2 en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, donde su titular, Martina Isabel Fons, decidió dejar sin efecto el tarifazo de luz en todo el país.
Como sucedió con el fallo que frena el aumento del gas, fue el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) quien representó a los usuarios que reclamaron una cautelar que ahora fue escuchada.
Este dictamen tiene una particularidad. Si bien el caso es de jurisdicción provincial, la magistrada se dirige hacia la empresa mayorista de energía. “La jueza le ordena a CAMMESA que les venda a todos al precio viejo por no haberse realizado las audiencias públicas y por lo irracional de las subas”, explicó a Contexto el abogado Pedro Sisti, del CEPIS.
Según el letrado, los clientes, de cualquier concesionaria o cooperativa, de todo el país, no deben pagar las subas. “También le ordena al organismo de control que comunique la nueva situación a todas las distribuidoras y les manda a refacturar con las tarifas anteriores”, explicó Sisti.
“La jueza le ordena a CAMMESA que les venda a todos al precio viejo por no haberse realizado las audiencias públicas.»
Fons también deja bien en claro que no se podrá interrumpir el servicio por falta de pago. “Aparte, ordena que se detenga todo corte de servicio que se base en facturas provenientes de la suba de tarifas. En definitiva, suspende en todo el país la suba de tarifas y prohíbe los cortes de luz”, completó Sisti.
La propia jueza salió en los medios a defender su decisión, la cual, se descuenta, será apelada por la Casa Rosada, en una porfiada estrategia de no escuchar a las decenas de tribunales que vienen pronunciándose en el mismo sentido. “Hasta que no quede revocada esta medida cautelar, no hay que pagar los aumentos de luz; y del gas por el fallo de la Sala 2 de la Cámara Federal de La Plata”, explicó Fons en declaraciones televisivas.
Fons explicó que uno de sus argumentos fue la falta de gradualidad en la implementación del sinceramiento macrista. “El precio de la tarifa tiene que ser moderado. El ministro de Energía dijo que fue gradual, pero la verdad que estos aumentos no se pueden pagar”, detalló.
“Les puedo asegurar que tengo amparos de pymes donde los montos son desproporcionados y no pueden ser pagados de una sola vez”, completó. Según la foja 1 del escrito, la medida del Ministerio de Energía fue “arbitraria, infundada e inconsulta”.
En uno de los pasajes más esclarecedores de su decisión, Fons describe: “El 25/1/16 el Ministerio de Energía y Minería de la Nación dictó la Resolución 6/2016 que aprobó la reprogramación trimestral de verano para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por el período 1/2/2016 al 30/4/2016, fijando nuevos precios de referencia estacionales de la potencia y energía en el MEM, que significó un desmedido e irracional aumento de entre el 180% al 280% que se verá trasladado a la tarifa de luz”.
“El precio de la tarifa tiene que ser moderado. El ministro de Energía dijo que fue gradual, pero la verdad que estos aumentos no se pueden pagar.”
“El que no cumpla la medida cautelar puede terminar en una sanción monetaria o puedo dar pase a la Justicia penal. Cuando no se cumple una medida cautelar hay diferentes sanciones”, advirtió Fons al dar cuenta públicamente de su fallo.
Por su parte, Héctor Polino, fundador y representante legal de Consumidores Libres, castigó a la presidencia y su equipo: “Esto demuestra el grado de improvisación con el que se están manejando. En el caso del gas, ya tuvieron que hacer tres modificaciones”.
“Estamos hablando de servicios esenciales, que son necesarios para vivir. Todo aumento tiene que ser gradual y transparente. Y estos aumentos no son transparentes. Todos los usuarios tienen que saber las inversiones previstas, el margen de ganancias, las obras”, agregó Polino en relación con la audiencia pública que nunca se hizo, “aunque no sea vinculante”.
“Tenemos que volver a establecer la racionalidad en esta materia. En estos casos es la Justicia la que está poniendo las cosas en su lugar. Espero que la Corte escuche las voces de los usuarios. Por eso vamos a pedirle una audiencia a la Corte, para que sepa nuestro punto de vista”, concluyó, también de declaraciones para un canal de televisión.
Las claves del fallo que frena el tarifazo de luz en todo el país
-“El principio de la audiencia pública tiene raigambre constitucional, a fin de posibilitar la efectiva participación de los interesados, los usuarios y consumidores, citando jurisprudencia en apoyo de su postura”.
-“Debe evitarse el mayor daño que la aplicación de la normativa cuestionada generaría a sectores que requieren una protección especial, como es el caso de los usuarios y consumidores”.
-“Las tarifas deben ser justas, razonables y accesibles y esto constituye un aspecto reglamentario y no contractual del marco jurídico del servicio”.
-“Las resoluciones atacadas por el amparista constituyen prima facie ajustes exorbitantes, desproporcionados y fuera de la realidad económica actual de los ‘clientes cautivos’, en tanto se carece de libertad de elección en la relación usuario-prestador del servicio público monopólico”.