La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la prisión perpetua para Gabriel David Merino por el asesinato de la activista trans Diana Sacayán, pero quitó la figura de travesticio, agravante de «odio a la identidad de género», que había empleado la Justicia en 2018, cuando dictó la pena.
Amancay Diana Sacayán fue asesinada en octubre de 2015 en su departamento del barrio porteño de Flores. Según las pericias, fue asesinada «con ferocidad», con veintisiete lesiones, trece de ellas puñaladas, destacándose la violencia del ataque. Marino, quien se estipula que actuó con otra persona aún no identificada, fue condenado en 2018 a la máxima pena por «homicidio triplemente agravado por haber sido ejecutado mediando violencia de género, por odio a la identidad de género y con alevosía, en concurso ideal por robo», un hecho considerado histórico al ser la primera vez que la Justicia utilizaba estos términos.
Sin embargo, este martes se conoció la noticia de que los jueces de la Sala N° 1 rechazaron el recurso presentado por el homicida y «confirmaron la condena impuesta con la rectificación de la subsunción legal, la que deberá encuadrarse en el Art. 80, inciso 11° del Código Penal -homicidio calificado por haber mediado violencia de género». De esta forma, Casación quitó la figura de travestido que había sido dictado por el Tribunal Oral Criminal N° 4 que condenó a Merino.
Si bien los tres jueces de Casación coincidieron en ratificar la pena, discreparon en cuanto a los motivos para quitar el agravante mencionado. Por un lado, Patricia Llerena y Gustavo Bruzzone manifestaron que correspondía un agravante, pero por «violencia de género»; Luis Rimoni consideró que se trató de un homicidio «agravado por alevosía».
En este marco, Llerena consideró que se trató de un feminicidio al verificar «los requisitos típicos indicados, ya que el hecho fue realizado por un hombre en perjuicio de una mujer». Bruzzone coincidió, descartó el «odio de género» y consideró que corresponde entonces el agravante por «violencia de género».
Por su parte, Rimoni consideró que el «caso no presenta un grado de violencia del que pueda colegirse un prejuicio o discriminación de los autores hacia la víctima». En sus argumentos, también se refirió a las heridas cortantes que presentaba el cuerpo y consideró que «no se han detectado lesiones violentas en las zonas genitales», sino que los cortes en sus mamas fueron «con la idea de uno de los tantos intentos no asertivos por matar a Diana Sacayán que con la idea de dejar un ‘mensaje'» por su identidad.
Asimismo, argumentó que no había denuncias por expresiones transfóbicas previas al imputado, que «no se ha encontrado en el lugar del hecho ninguna leyenda o seña de esa expresión de odio» y que el crimen «no coincidió con un día significativo para la comunidad LGBTIQ+».
La ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad Sexual, Elizabeth Gómez Alcorta, consideró «inadmisible» este fallo, que «evidencia la falta de perspectiva de género en la administración de justicia de nuestro país. La necesidad de transformación es urgente».
Por su parte, la subsecretaria de Políticas de Diversidad y militante trans, Alba Rueda, consideró que este fallo «desde lo humano es un escándalo, es cruel, es negar nuestras identidades travesti trans dentro del ámbito de la Justicia».
«La violencia estructural no se basa solo en motivos de género sino en los lugares que ocupamos a partir de nuestras identidades de género. Esto es un travesticidio porque Diana era, es, una compañera travesti referente de los derechos humanos y la interpretación de las normas siempre tienen que tener en cuenta el contexto social», añadió la funcionaria en diálogo con Telám.
Vale recordar que el fallo del TOC N° 4 había sido celebrado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por incorporar la identidad de género como variable. En el juicio, los fiscales resaltaron el ensañamiento con Diana «por mujer trans» y en su calidad de activista. Asimismo, con la participación de treinta testigos, se demostró la violencia perpetuada hacia las personas trans y travestis en Argentina.
Desde la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), la fiscal Mariel Labozzetta adelantó que apelerá la decisión de casación y consideró que se trató de un retroceso.