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Suspendieron y enjuiciarán a los jueces del caso Lucía Pérez: «Esta lucha es de todas las mujeres»

Los magistrados que en 2018 absolvieron a los acusados del abuso y feminicidio de Lucía Pérez, cometidos en 2016 en Mar del Plata, fueron suspendidos de sus funciones y ahora serán sometidos a un jury de enjuiciamiento por su accionar en el juicio, donde no solo dejaron libres a los acusados, sino que también juzgaron fuertemente a la víctima.

Este martes, la Suprema Corte bonaerense, con sede en La Plata, hizo lugar al reclamo de la familia contra los jueces Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes en noviembre de 2018 absolvieron a Matías Farías (26), Juan Pablo Offidani (45) y Alejandro Maciel (62), resolución que en 2021 fue revocada por Casación.

La decisión del tribunal encabezado por Hilda Kogan suspende a los jueces, que serán enjuiciados y pueden perder sus cargos. Asimismo, el supremo tribunal decidió embargarles el 40 % de sus salarios.

La familia de Lucía, que se movilizó a La Plata, celebró la decisión. «Es un freno a esta Justicia, para todas», sostuvo Marta Montero, madre de Lucía. «Les agradezco desde mi más sentido ser por Lucía y por tantas Lucías que han sufrido esta Justicia machista», agregó ante quienes la acompañaron a las puertas del tribunal.

«La Justicia nos dio ese sopapo, pero nosotros, como pudimos, nos reconstruimos, con todos ustedes que creyeron en nosotros, que creyeron en Lucía que era la víctima», sostuvo.

La familia de Lucía recibió el apoyo del Ministerio de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad de la Provincia. «No pedimos ni más ni menos que se respete el marco normativo vigente en la Argentina, que se respeten nuestras leyes, nuestros tratados de derechos humanos y la perspectiva de género que es el reconocimiento del derecho a una vida sin violencias. Pero acá hablamos del derecho a la vida, que fue arrancada de un modo tan terrible y que vuelven a arrancar cuando hay fallos absolutorios como el que se vivió en el caso de Lucía. Los funcionarios judiciales deben responder por sus actos», expresó la ministra Estela Díaz desde tribunales.

En la resolución de la Corte bonaerense se afirmó que «existen elementos para, a primera vista, considerar verosímil las imputaciones endilgadas» a los magistrados. Agregaron que «el esfuerzo de la defensa en pos de una diversa interpretación de los fundamentos dados en la sentencia dictada por los enjuiciados no alcanzaría, por ahora, para enervar los cargos endilgados en la acusación».

En tanto, la acusación de la Comisión Bicameral de Enjuiciamiento a Magistrados, a la que accedió Télam, indica que «la queja se relaciona con la resolución de libre absolución que beneficiara en el juicio oral a los autores de los delitos por el gravísimo delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber causado la muerte de la ofendida y habiendo sido favorecido por el suministro de estupefacientes».

En el informe se cuestionó además que el TOC 1 se enfocó en «indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, como su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter y en distinguir la conducta de los imputados y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal».

Vale recordar que los cuestionados jueces señalaron en su fallo, entre otras cosas, que, como tenía relaciones con mayores y «tenía carácter», no podía haber sido nunca violada. Al mismo tiempo consideraron que Farías no podría haber violado a la joven porque le regaló facturas y una chocolatada, «actitudes que no corresponden a las de un femicida».

«Todo fue en un marco de normalidad y naturalidad, todo fue perfectamente querido y consentido», aseguraron los jueces en el polémico fallo.


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