El Juzgado Federal N° 2 de La Plata concedió una medida cautelar solicitada por la asociación civil Abogados por la Justicia Social (AJUS) La Plata, Berisso y Ensenada. Ordena al gobierno nacional que en el término de cinco días indique a la familia de un niño de once años de la ciudad de La Plata en qué establecimiento acceder a la vacunación de refuerzo contra el meningococo, ya que previamente sus padres habían tenido dificultades para hacerlo.
El antecedente es una sentencia firme del Juzgado Federal N° 2 de La Plata de diciembre de 2018, donde se hace lugar a la denuncia inicial de AJUS para garantizar la provisión de vacunas. Desde esta asociación habían advertido de la falta de vacunas que aún hoy existe. La ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, y el secretario de Salud, Adolfo Rubinstein, violaron esta sentencia al no suministrar el servicio, lo que motivó la posterior medida cautelar.
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«Esto es importante, porque mucha gente nos dice que no se está pudiendo vacunar contra el meningococo. Si la sentencia no se cumple, sería interesante que las familias se comuniquen con nosotros para incorporarlas y que les salga este tipo de medidas cautelares que obliga al Estado nacional a vacunar en un plazo de cinco días», dijo a Contexto Emanuel Desojo, titular de AJUS.
ajus: «Ante la ausencia y/o negativa de la vacuna contra el meningococo, hacemos saber que hay una sentencia judicial que obliga a los centros de vacunación a otorgarla».
«Ante la ausencia y/o negativa de la vacuna contra el meningococo, hacemos saber que hay una sentencia judicial que obliga a los centros de vacunación a otorgarla, bajo pena de solicitar judicialmente, para lo cual podrán contactarse con esta asociación civil por nuestras vías de comunicación señaladas en el encabezado, y/o al mail ajuslpbe@gmail.com«, informaron desde la asociación en un comunicado.
El meningococo, cuya vacuna integra el calendario obligatorio, es una bacteria que genera enfermedades graves como meningitis y sepsis. Puede tener consecuencias fatales o dejar secuelas irreversibles, como amputaciones, pérdida de audición o una discapacidad.
Se aplica en menores de un año, el grupo más vulnerable, mientras que en adolescentes se da un refuerzo porque pueden portar el germen y transmitirlo a los más pequeños.