La Cámara Nacional Electoral confirmó la resolución del juez federal Alejo Ramos Padilla y ratificó que la diputada nacional y hoy precandidata de Juntos por el Cambio, María Eugenia Vidal, utilizó aportantes truchos en su campaña electoral de 2017, cuando era gobernadora de la provincia de Buenos Aires.
Según detalló Telám, el máximo tribunal electoral confirmó la sentencia del magistrado, que había sido apelada por Juntos por el Cambio, y dispuso que se tramiten «las actuaciones pertinentes, a fin de determinar las eventuales responsabilidades personales que pudieran corresponder de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 146 y concordantes del Código Electoral Nacional».
De esta manera, ratificó que se debe «sancionar con la pérdida de aportes públicos extraordinarios para la campaña que hubieran correspondido a los partidos como a integrantes de la alianza», por lo que ahora se investigarán las irregularidades detectadas.
La causa se remite a 2018, cuando una investigación del periodista Juan Amorín y El Destape demostró que monotributistas y personas en situación de pobreza habían realizado aportes a la campaña de Cambiemos en la provincia por más de 22 millones de pesos.
En febrero de 2022, Ramos Padilla desaprobó los gastos de la campaña de Vidal sancionando económicamente a los partidos que conformaban Cambiemos (hoy Juntos por el Cambio), lo que fue apelado por la alianza. En este marco, hoy la Cámara Nacional Electoral concluyó que «los apelantes no aportan argumentos válidos que permitan enervar las razones en las que el a quo fundó su resolución, luego de llevar adelante las medidas conducentes a fin de investigar las irregularidades detectadas […] quedando subsistentes los defectos destacados, los que impiden de esta manera conocer el origen y destino de los fondos de campaña».
En su fallo, Ramos Padilla destacó las incongruencias en la financiación de la campaña: con DNI que no correspondían a los aportantes; con aportantes monotributistas con contribuciones que superaban un 30 % lo que facturaban legalmente; con beneficiarios de programas sociales o de la Asignación Universal por Hijo, que por sus magros ingreses no podrían haber hecho las contribuciones al partido.