Por Roberto Álvarez Mur
En el inicio del juicio a cuatro policías por la muerte de Ariel Cannizzo, ocurrida en 2011 tras una brutal golpiza, el fiscal Martín Schiorazzi y los abogados de los particulares damnificados, Juan Manuel Morente y Verónica Bogliano, pidieron el cambio de carátula a «homicidio» y que el debate oral y público se ventile en la Justicia penal. La jueza en lo Correccional N° 1, Myriam Ermili, se declaró incompetente. Ahora la Cámara de Apelaciones deberá decidir si los uniformados deben ser juzgados en un tribunal penal.
Los imputados son los policías Ricardo de La Canal –hoy jubilado–, Roberto Percuoco, Ernesto Conti y José Antonio Cáceres, todos de la Comisaría 3ª de Berisso, quienes están acusados por el delito de «apremios ilegales» cometidos a Ariel Cannizzo, en octubre de 2011. Tras esa golpiza, el hombre murió. Por eso, los denunciantes, patrocinados por abogados de la Asociación Miguel Bru, consideran que la calificación legal correspondiente es la de “homicidio agravado por tratarse de funcionarios de fuerzas de seguridad”. Eso pidieron en la audiencia. También que se designe un tribunal criminal para tratar el caso.
“EN UN JUZGADO CORRECCIONAL NO PUeDE ESTAR UNA CAUSA CONTRA FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE SEGURIDAD.”
“En un Juzgado Correccional no puede estar una causa contra funcionarios públicos de Seguridad”, explicaron a Contexto desde la Asociación Miguel Bru. Esta instancia abre la puerta para investigar si los golpes y torturas fueron los que ocasionaron la muerte de Cannizzo. Esto transformaría la causa en homicidio agravado. Y la causa pasaría a un Tribunal Oral Criminal, donde se resolverá el curso de la investigación.
“En la audiencia de hoy declararon los médicos que hicieron la autopsia y los peritos de parte que pedimos hacer desde nuestra parte, y se concluyó que no se puede establecer con certeza que los golpes que recibió Ariel aquella noche no hayan provocado su muerte”, dijo a Contexto Bogliano.
La versión pericial desacredita la hipótesis de que la muerta haya sido producto de un paro cardíaco por fuera de las lesiones provocadas por la golpiza, como se dijo en una primera investigación.
“Si podemos demostrar que hubo relación entre los golpes que recibió Cannizzo y su muerte, entonces podemos avanzar con la carátula de homicidio”, dijo Bogliano. Y agregó: “Por eso necesitamos que se sortee la causa para un Tribunal Oral Criminal”.
“SI PODEMOS DEMOSTRAR QUE HUBO RELACIÓN ENTRE LOS GOLPES QUE RECIBIÓ CANNIZZO Y SU MUERTE, ENTONCES PODEMOS AVANZAR CON LA CARÁTULA DE HOMICIDIO”, DIJO BOGLIANO. Y AGREGÓ: “POR ESO NECESITAMOS QUE SE SORTEE LA CAUSA PARA UN TRIBUNAL ORAL CRIMINAL.”
Néstor Ariel Cannizzo tenía 33 años y dormía en su casa en Berisso cuando en la mañana del 1º de octubre de 2011, en forma arbitraria y sin orden judicial, los policías imputados –todos de la seccional de El Carmen– irrumpieron el lugar cuando realizaban una persecución y lo molieron a golpes.
Lo sacaron de su casa a la vista de los vecinos. Estaba ensangrentado, lo llevaban a la rastra y lo detuvieron unas horas en la seccional, donde continuaron los golpes. Por la tarde, lo llevaron a Reconocimientos médicos, en la Comisaría 2ª. El médico policial que lo atendió afirmó que Cannizzo se negó a ser atendido y no constató en su informe las lesiones evidentes, lo que marca el inicio de una trama de encubrimiento.
Ariel fue trasladado a la Comisaría 4ª de Berisso. Allí lo visitó su hermano Damián, lo vio golpeado, lleno de marcas, mal y descompuesto. “Avisale a mamá que mañana sábado hay visitas”, le dijo Ariel tras el pasamanos, al despedirse. Pero Mónica Yllescas sostiene entre lágrimas que no llegó a verlo. Alrededor de las 7 de la mañana del 2 de octubre recibió una llamada de la Policía de El Carmen.
“¿Su hijo tiene alguna enfermedad?”, le preguntó un efectivo de forma insistente, “porque su hijo murió de un paro cardíaco”. Esta pregunta fue reiterada con posterioridad en la UFI 6 a los vecinos testigos de la detención ilegal.
Las irregularidades estuvieron presentes desde el principio de la investigación, cuando la misma Policial de DDI fue quien inicio la investigación y tomó declaraciones a los policías de la Comisaría 4ª.
El informe de la autopsia, a cargo de la Asesoría Pericial, sostuvo que no se podía asegurar que el paro cardíaco fue a consecuencia de lesiones traumáticas, y desvincula la muerte de las graves lesiones sufridas en zonas vitales.
Sin embargo, un informe posterior de un perito de parte de la familia y la Asociación Miguel Bru afirma que descubrió lesiones evidentes en la zona de la garganta y lengua, y que la muerte pudo ser causada por las lesiones que sufrió Ariel por parte de los policías de la comisaria 3ª de El Carmen.