Por María Belén Rosales*
Cerca de las 20hs del 21 de febrero, el ex marido de Díaz, llamado Brian Ezequiel Montenegro, llegó a la casa de su ex mujer a pesar de tener una restricción de acercamiento desde el 28 de diciembre último, tras haber sido denunciado por la mujer por violencia de género.
El caso se suma a la larga lista de aquellos en que la orden de restricción no es suficiente para salvar la vida de las mujeres amenazadas de muerte por varones violentos. Este y tantos otros hechos dan cuenta de la ausencia de un análisis integral de la realidad cotidiana de la víctima de violencia de género, la necesidad de estrategias interdisciplinarias de asistencia y capacitación efectiva a todas las personas que intervienen ante una denuncia por estos hechos. En el caso de Débora Natalí, nadie se encargó de constatar que el acusado, a pesar de que la orden de restricción era de 500 metros, vivía a 150 metros de la víctima.
Según informaron fuentes policiales, el hombre entró a la casa rompiendo el techo y apuñaló con saña a la víctima, quien alcanzó a salir de la casa para pedir ayuda y falleció antes de ser atendida por los médicos. La mujer, que tenía sus dos primeros hijos con otra pareja y el más chiquito con Montenegro, lo había denunciado tras las reiteradas golpizas a la que la sometía, y la Justicia de Pilar había ordenado una exclusión de hogar y una restricción perimetral. A pesar de esto, el hombre logró ingresar anoche por la fuerza en la casa e increpó a Díaz, a quien encerró a los empujones en una de las habitaciones, donde supuestamente en medio de un crisis de celos comenzó a atacarla con un cuchillo en el tórax y en la espalda.
A Montenegro le molestaba que su ex mujer no le perdonara sus arrebatos violentos y más aún que haya conseguido trabajo como niñera. “A Débora la voy a matar y después me voy a suicidar”, le decía a sus amigos y hasta a los familiares de la víctima. Todos parecían saber que era un hombre violento y que no era la primera vez que se había ensañado con ella. De hecho, tenía una orden de restricción de quinientos metros que violó durante todo el fin de semana, cuando merodeó la vivienda de la mujer.
Pese a la orden de restricción, Montenegro se dirigía a la casa de su ex cuanta vez quería para increparla, golpearla o amenazarla de muerte. Era tal el miedo con el que vivía la joven, que efectuó la última denuncia policial en enero para resguardarse ella y a sus hijos. No obstante, no sirvió de nada, porque el acusado vivía a una cuadra y media de su casa y el acoso era público y constante. Tras el ataque, Montenegro huyó y la víctima, herida, logró salir de su casa junto a sus tres hijos para pedir ayuda, pero se desvaneció en la puerta ante la mirada de los niños.
En un mundo global, hiperconectado a través de las telecomunicaciones y gracias al enorme avance tecnológico, se vuelve imperioso pensar cómo es posible que aún la tecnología no sea implementada para dar coto a estas realidades.
Este detalle de la trama íntima repone la necesidad de reflexionar críticamente en torno a la efectividad de las medidas de restricción perimetral cuando las noticias dan cuenta de la constante violación por parte de agresores y femicidas. En un mundo global, hiperconectado a través de las telecomunicaciones y gracias al enorme avance tecnológico, se vuelve imperioso pensar cómo es posible que aún la tecnología no sea implementada para dar coto a estas realidades de manera tal que, a través de sistemas satelitales, gps y radares, las fuerzas de seguridad actúen con inmediatez ante una situación de riesgo de vida para las mujeres que denunciaron sufrir violencia de género.
Lejos de estas propuestas, los trámites que deben realizar las mujeres víctimas de violencia son engorrosos y les implica el inicio de circuitos burocráticos que no terminan en una visita a la comisaría, ya que una vez que se otorga la orden de restricción, el oficio se le envía a la comisaría de la jurisdicción correspondiente y el personal policial tiene que anoticiar al imputado. Ahora bien, la medida tiene validez por un tiempo determinado. Pueden ser quince días, veinte, un mes o más, y puede prorrogarse. No es que es una disposición permanente. Cuando se vence el plazo, es la víctima la que tiene que ir a pedir la prórroga si la amenaza persiste. Si el incumplimiento de la medida es denunciado por la víctima y la Policía no está en el lugar, se debe esperar una orden judicial para llevar a cabo la aprehensión.
La espera de los tiempos de la Justicia en estos casos, cuando el caldo de la violencia machista está en ebullición, es colocar la vida de las mujeres pendiendo de un delgado hilo en un día de tormenta.
Sobre medidas y dispositivos como los botones antipánico vale resaltar que fuentes de la Policía Metropolitana informaron que se están monitoreando unos 3.215 de estos dispositivos que fueron otorgados a mujeres que denunciaron amenazas. Esto comenzó en 2010 a raíz de un análisis sobre violencia de género y violencia familiar. El aparato le permite al personal policial detectar dónde se encuentra la víctima cuando presiona el botón de auxilio y comunicarse con la persona. Si está en una situación en la que no puede hablar, el operador escucha lo que sucede, envía al patrullero y todo queda grabado.
Algunos países están buscando vincular una orden de protección con dispositivos geo-referenciados que registren un acercamiento dentro de una distancia crítica entre el agresor y la víctima. Como ejemplo, los gobiernos de Madrid y de Montevideo están aplicando una pulsera que se coloca a los agresores cuya culpabilidad ha sido juzgada y que optan por esta medida para obtener libertad. El dispositivo emite una alarma a la Policía, que entonces puede alertar al agresor acerca de la situación y ordenar que se retire, incluyendo la dirección en la que debe retirarse. También se informa a la víctima acerca de la situación y se le aconseja alejarse y la dirección en la que debe hacerlo.
* Laboratorio de Comunicación y Género de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social (UNLP).