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Juicio a la Armada: piden prisión perpetua para tres marinos

Por Maximiliano Ceci y Pablo Roesler

Los fiscales federales Hernán Schapiro y Juan Martín Nogueira pidieron ayer al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata que condene a prisión perpetua a tres marinos y a penas de entre seis y veinticinco años de cárcel a los otros cinco imputados por crímenes de lesa humanidad cometidos contra más de cuarenta víctimas durante la dictadura cívico-militar en la zona industrial de la capital bonaerense, Berisso y Ensenada.

A lo largo de las ocho horas que duró el alegato, los fiscales calificaron los hechos cometidos por la Fuerza de Tareas Nº 5 de la Armada Argentina como “crimen de genocidio y delito de lesa humanidad”, y exigieron exhortar al Estado nacional y provincial y al Astillero Río Santiago a que jubile con la máxima categoría –a través de una cautelar– a un grupo de trabajadores de esa empresa, como reparación de la pérdida del trabajo y la posibilidad de crecimiento laboral tras sus secuestros en la dictadura.

También solicitaron que se señalicen los centros clandestinos que se investigaron durante el debate y que se exhorte a la empresa donde funcionaba la ex metalúrgica Propulsora Siderúrgica (hoy Techint) a que permita instalar un monumento en memoria de los desaparecidos de esa fábrica.

los fiscales pidieron exhortar al Estado y al Astillero Río Santiago a que jubile con la máxima categoría –a través de una cautelar– a un grupo de trabajadores para reparar la pérdida de la carrera laboral y profesional tras sus secuestros en la dictadura.

Los pedidos de pena a perpetuidad recayeron sobre el comandante de la Fuerza de Tareas Nº 5, Jorge Alberto Errecaborde, el comandante del B.I.M. 3, José Casimiro Fernández Carró, y el jefe de Operaciones e Inteligencia del B.I.M. 3, Roberto Eduardo Fernando Guitian, por tres homicidios agravados, y cerca de una decena de secuestros y torturas.

Para el comandante de la Armada, Antonio Vañek, y el director del Liceo Naval, Juan Carlos Herzberg, los fiscales solicitaron seis años de cárcel; mientras que pidieron veintidós para el prefecto Carlos Ramón Schaller y veinticinco para sus pares Luis Rocca y Eduardo Antonio Meza, el último también integrante de la FT5.

El juicio ingresó ayer en la recta final: el tribunal dictará el veredicto el 26 de octubre. Desde el 13 de julio el tribunal escuchó los testimonios de cerca de un centenar de familiares y víctimas de la represión en el cordón industrial de Río Santiago, ubicado en Berisso y Ensenada, que al momento de los hechos concentraba en Astillero Río Santiago, Propulsora Siderúrgica (hoy Techint), YPF y el frigorífico Swift, a más de 1.500 trabajadores y trabajadoras, a quienes la dictadura persiguió y asesinó por su condición de gremialistas, activistas o militantes políticos. Para ello, la Marina y la Prefectura actuaron con la Fuerza de Tareas Nº 5.

La represión genocida

En su alegato, los fiscales consideraron demostrado que la represión se ejecutó con el personal, las instalaciones y la logística de la Escuela Naval Militar (cuyo director ejercía el comando de la Fuerza de Tareas), el Liceo Naval Almirante Brown, el Hospital Naval Río Santiago, el Batallón de Infantería de Marina Nº 3, la Prefectura de La Plata, el Centro de Incorporación y Formación de Conscriptos de Infantería de Marina y otras dependencias con asiento en La Plata, Berisso y Ensenada. La FT5 fue uno de los ejes del plan represivo más importantes en esa región bonaerense y tuvo un accionar disciplinario en los trabajadores, como lo determinó Ivonne Barragán en su declaración como testigo de contexto.

Shapiro precisó que los crímenes cometidos por la FT5 fueron «principalmente, contra los trabajadores y las trabajadoras de las empresas enclavadas en las ciudades de Berisso, Ensenada y en la zona de Río Santiago», y remarcó la magnitud social que tuvo, ya que Destilería La Plata (YPF), Propulsora Siderúrgica La Plata y Astillero Río Santiago contaban con aproximadamente 15 mil trabajadores a mediados de los setenta.

La fiscalía indicó entonces que luego del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 comenzaron a funcionar bajo la tutela de la FT5 cuatro dependencias como centros clandestinos de detención: la ex base naval, la sede de Prefectura, el B.I.M. 3 y el Hospital Naval Río Santiago.

“Está claro que, en los asesinatos, el victimario estaba en pleno estado de seguridad”, expresó Shapiro en relación al debate sobre las tres víctimas desaparecidas, otras 36 secuestradas y torturadas que finalmente sobrevivieron y los homicidios de Miguel Orlando Galván Lahoz y Roberto Pampillo, perpetrados por la Armada y la Policía bonaerense el 19 de octubre de 1976 en 7 y 58, pleno centro de La Plata.

los fiscales pidieron que se juzguen los hechos como crimen de genocidio, ya que “el blanco del plan sistemático represivo fue un grupo de argentinos que se intentó destruir en todo o en parte”.

La fiscalía, además de pedir que estos delitos se juzguen bajo la óptica de lesa humanidad, pidió que se juzgue el dolo de genocidio o complicidad de genocidio, ya que “el blanco del plan sistemático represivo fue un grupo de argentinos que se intentó destruir en todo o en parte”.

Pedido de reparación histórica

En el alegato, Schapiro y Nogueira remarcaron que, a diferencia de juicios anteriores, este tiene una particularidad: la condición de trabajadores de las víctimas, lo que evidenció que la represión ejercida sobre ellos confirió “un menoscabo a la posibilidad de proyectar la vida como trabajadores”.

“El sistema desaparecedor estuvo direccionado a disciplinar las relaciones laborales bajo la lógica marcial, poniendo al trabajador como enemigo. Esta situación fue más allá de una pérdida laboral, e impactó de lleno en el menoscabo de la dignidad como trabajador, negándoles un futuro deseado por las víctimas”, alegaron.

En ese camino, pidieron que se erijan sitios de memoria en todos los edificios donde funcionaron centros clandestinos, “exhortar a la empresa que funciona donde antes funcionó Propulsora Siderúrgica y a YPF para erigir un monumento dándose participación a las víctimas, y lo mismo con el Polígono de Berisso donde funcionó el frigorífico Swift”, dijeron.

Además, pidieron exhortar al Estado nacional para que en la Escuela Naval se enseñe a los alumnos lo que allí ocurrió y que la sentencia se publicite en los medios de Berisso y Ensenada.

“Estamos ante un claro daño inmaterial a las víctimas a las que se les impidió continuar con sus proyectos de vida como trabajadores”, dijeron los fiscales.

Pero la reparación más destacada fue la que pidieron para un grupo de veintiocho trabajadores del Astillero que fueron secuestrados y despedidos en la dictadura, y que en 2006 fueron reincorporados a la empresa. Para ellos, solicitaron al tribunal que, a través de una medida cautelar, exhorte al Estado nacional y al provincial y a la propia empresa a que los jubile y les reconozca la categoría máxima, como reparación de una carrera profesional interrumpida por la dictadura.

“Estamos ante un claro daño inmaterial a las víctimas a las que se les impidió continuar con sus proyectos de vida como trabajadores”, dijeron los fiscales. La medida pide que abarque también a aquellos que puedan demostrar haber pasado por la misma situación que los trabajadores reincorporados, como una forma de reparar al menos un poco una pérdida que, de todas formas, es ya irreparable.


 

 

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