Marcela Mendoza, condenada a cadena perpetua por haberse defendido de su agresor, tuvo ayer la esperada audiencia en la Sala N° 1 de Casacion Penal para revisar la sentencia. Esta vez, la fiscal reconoció que los magistrados que la condenaron no tuvieron en cuenta las denuncias por violencia de género que le había realizado a Eduardo Gómez, su expareja, quien falleció cuando intentó prenderla fuego en el interior de un auto.
Cabe recordar que en abril pasado los jueces Ernesto Domenech, Andrés Vitali y Santiago Paolini, con investigación de la fiscal Silvina Langone, omitieron la violencia machista que sufría Marcela y que había denunciado, y la condenaron a perpetua por el “homicidio agravado por el vínculo” de Gómez.
Los hechos ocurrieron el 9 de agosto de 2015. Mendoza salió de su casa a encontrarse con Gómez, quien la llamó para hablar en Ruta 11, en la localidad de Coronel Bavio, partido de Magdalena. Él tenía dos exposiciones por violencia de género y una perimetral, pero ella accedió a verlo ante el temor de que el agresor fuera a su casa, donde estaban sus dos hijos.
Poco después, arriba de un auto él comenzó a insultarla y pegarle, hasta que clavó los frenos y le tiro un líquido encima. Ella sintió el fuego e intentó escapar tirándose del vehículo. Gómez, en tanto, quiso seguirla saliendo también por el asiento del acompañante, pero estaba envuelto en llamas. Producto de las quemaduras murió tres días después.
Tres años más tarde, Marcela fue condenada a perpetua en un fallo basado mayormente en testimonios de amigos y familiares de Gómez. A ella, que recientemente se había mudado a Bavio, la sociedad del pueblo la condenó en base a rumores y versiones que afirmaban que estaba loca y obsesionada con Eduardo, que había nacido y se había criado allí.
Con esos testimonios, sin pruebas científicas, entre prejuicios y flojos argumentos, los jueces Vitali, Paolini y Domenech –este último, oriundo de Bavio– la condenaron a perpetua.
“¿Cómo explicar que la imputada fuese ajena a toda maniobra si presentó lesiones de quemadura en sus manos?”, se preguntan los magistrados en el fallo, que no tuvieron en cuenta que las lesiones fueron en la parte dorsal, lo que coincide con la versión de Marcela, quien afirma haberse cubierto el rostro para protegerse. “¿Por qué reunirse con el imputado si tenía una orden de restricción solicitada por ella?”, agregaron.
Ayer Marcela tuvo una nueva oportunidad. Tras un recurso presentado por la familia y la defensa, en el que la Secretaría de Género de la Facultad de Periodismo se constituyó como amicus curiae, la Sala N° 1 de Casación aceptó rever el fallo. En la audiencia de Casación, la fiscal Alejandra Marcela Moretti “asumió que la sentencia tenía puntos débiles en lo que respecta al tratamiento y a la referencia que hace a la mujer en dicha sentencia”, explicó el abogado Adrián Rodríguez en diálogo con Contexto.
Adrián Rodríguez (abogado): «la fiscal Moretti asumió que la sentencia tenía puntos débiles en lo que respecta al tratamiento y a la referencia que hace a la mujer en dicha sentencia”.
Desde la defensa destacan que, ante la ausencia de pruebas, los jueces se basaron en estereotipos: el hombre resulta ser bueno y la mujer no. “Eso es la creación de una figura patriarcal. Reconocen la superioridad física, moral e ideológica del hombre por encima de la mujer. La mujer en la misma situación tiene que probar que es inocente, si no de antemano se descarta esa inocencia, y es lo que pasó en esta sentencia. De hecho, dicen que el hombre es inocente porque tiene quemadas las manos y Marcela es culpable porque tenía quemadas las manos”, sostuvo Rodríguez.
“Nosotros sostenemos que Marcela es inocente, que no hubo una investigación sino que giró en torno a un puñado de testigos, amigos y familiares del occiso. Es una condena de índole medieval donde un grupo de personas acusaban a una mujer y directamente la llevaban a la hoguera”, destacó Rodríguez.
Según detallaron desde la defensa, la fiscal no pudo explicar por qué Gómez, que medía 1,90 metros y pesaba 120 kilos, intento salir por la puerta del acompañante y no por la del conductor para salvar su vida. “Evidentemente Gómez quiso inmolarse, quemar a Marcela, y lógicamente Marcela sobrevivió y no puede ser penada por sobrevivir a un intento de femicidio”, destacó Rodríguez.
Tras la audiencia, Casación asumió el compromiso de trabajar en el caso, que con feria de por medio se podría dilatar hasta febrero. Pero las noticias son buenas para Marcela. “La fiscal, al manifestar que no está de acuerdo con puntas de la sentencia, esta sentencia de ninguna manera puede ser confirmada”, explicó el abogado.
En este marco, la perpetua se cae: Mendoza podría quedar libre por el beneficio de la duda o bien podría haber una reducción de la pena a ocho años, teniendo en cuenta esta vez las denuncias por violencia de género que no fueron consideradas en el fallo.
Mendoza podría quedar libre por el beneficio de la duda o bien podría haber una reducción de la pena a ocho años, teniendo en cuenta esta vez las denuncias por violencia de género que omitió la sentencia.
“No se tuvieron en cuenta porque construyeron una culpable. Objetivamente nunca se hubiera llegado a esa resolución. Una persona que efectúa tres denuncias por violencia de género es una persona razonable que confía en las instituciones. Las instituciones fallaron y no por eso hay que condenarla”, concluyó Rodríguez.