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Los jueces no quieren irse a los 75 años como manda la Constitución

Por Miguel Croceri

Ahora que el gobierno de Mauricio Macri quiere sacarse de encima a la jueza de la Corte Suprema Elena Higthton de Nolasco, desde sectores afines al kirchnerismo -tal el caso de algunos medios y periodistas con posturas editoriales favorables al proceso político que fundó Néstor Kirchner y que lidera Cristina, como el diario “Página 12” o el admirado y querible Víctor Hugo Morales- toman partido a favor de la jueza y defienden su permanencia en el cargo. Es un gravísimo error.

Todo lo que afiance el poder de los jueces y fiscales por encima de los mandatos democráticos del pueblo, beneficia a las clases sociales dominantes, y a las corporaciones y oligarquías gobernantes. Beneficia a sus intereses, sus privilegios y sus negociados. Los derechos populares y los intereses de la mayoría de la sociedad no tienen nada que ganar con la permanencia en el cargo de una integrante de la Corte Suprema. Por más que a Highton de Nolasco se le puedan reconocer algunos -solo algunos- desempeños virtuosos en el tribunal.

La disputa jurídica pero ante todo política -y de egos y vanidades y mezquindades y demás miserias personales de los propios jueces-, respecto del tiempo que deben permanecer en sus estrados los miembros de la judicatura, se produce porque la Constitución Nacional tiene un artículo que dice que mantendrán sus cargos “mientras dure su buena conducta” -de lo cual se entiende que es vitalicio, excepto que no exista tal “buena conducta”-, y otro que obliga a tener “un nuevo nombramiento” cuando cumplan 75 años de edad.

En el primer caso, el artículo 110 expresa lo siguiente: “Los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones”.

La otra cláusula se incorporó a la Constitución en la reforma del año 1994 -la última, y por lo tanto es el texto vigente-, en una parte que puntualiza cuáles son las atribuciones del presidente. Es el artículo 99, inciso 4 -lo importante para este tema es el tercer párrafo- y dice así:

Art. 99: “El Presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones (…):

(inciso) 4. Nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto.

“Nombra los demás jueces de los tribunales federales inferiores en base a una propuesta

vinculante en terna del Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado, en sesión pública, en la que se tendrá en cuenta la idoneidad de los candidatos.

“Un nuevo nombramiento, precedido de igual acuerdo, será necesario para mantener en el cargo a cualquiera de esos magistrados, una vez que cumplan la edad de setenta y cinco años. Todos los nombramientos de magistrados cuya edad sea la indicada o mayor se harán por cinco años, y podrán ser repetidos indefinidamente, por el mismo trámite”.

Pero en 1999, la Corte Menemista de Justicia ¡anuló esa cláusula de la Constitución! O sea, el poder de los jueces por encima del poder constitucional. (El diario Clarín, que en ese tiempo defendía los mismos intereses de siempre pero conservaba alguna seriedad periodística, lo informaba en una nota de agosto de aquel año)

Sobre la misma controversia pero en la semana recién terminada, a partir de la negativa planteada por Highton de Nolasco para dejar la Corte como corresponde por su edad, el abogado y docente Gustavo Arballo analizó el tema con fundamentos jurídicos en un texto que publicó el pasado martes, 7 de febrero, en su didáctico blog “Saber derecho”. (Cuyo lema de cabecera, que es toda una definición esencial de la cual hay mucho que aprender, dice: “Saber leyes no es saber derecho”)

La clave está en dos artículos

El referido (antes transcipto) que ordena que “cualquiera de los magistrados” necesitan “un nuevo nombramiento” a los 75 años, fue incluido en la última reforma constitucional por impulso de Raúl Alfonsín, quien buscaba alguna vía legal para poner cierto tipo de límites a los jueces menemistas que habían copado la Corte Suprema, todo el fuero federal, y otras instancias judiciales determinantes para la marcha del país.

Sin embargo, la fracción dominante del Poder Judicial -la corporación, que también tiene sus mafias- se sienten por encima de la Constitución y por encima de la democracia. Y aunque jamás lo dirían, es probable que su fuero íntimo se consideren por encima de los demás seres humanos. Creen ser depositarios de una verdad trascendente que no está al alcance del común de los mortales. 

Por eso, hasta anularon la cláusula constitucional del límite a los 75 años (como se indicó párrafos más arriba). De ese modo, Enrique Petracchi murió siendo miembro de la Corte a los 78 años de edad, y el inolvidable -por su impunidad- Carlos Fayt, estuvo en el máximo tribunal hasta que quiso, ya moribundo. Literalmente: hasta que quiso. Quiso renunciar cuando Cristina Kirchner terminó su presidencia, y así fue. Fayt renunció a partir del 1ro. de enero de 2015, semanas después de que asumiera Mauricio Macri.

Como si dijera “misión cumplida”. Había cumplido su mandato corporativo de impedir avances democráticos en la legislación nacional. Para mencionar solo dos ejemplos: fue un furibundo opositor a la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sobre cuya vigencia votó en contra pero estuvo en minoría, y ya habían pasado cuatro año de su sanción. Además, junto con resto de la Corte -excepto Zaffaroni-, resolvió en pocos días la nulidad de las leyes de democratización del Poder Judicial, nada menos.

Habiendo sido un engranaje clave del sabotaje judicial y de las demás corporaciones al gobierno kirchnerista, Fayt renunció a los 97 años. Moriría pocos meses después.

No es Fayt, pero se le parece

Elena Highton de Nolasco, mucho más decorosa que Fayt en su conducta como integrante de la Corte Suprema, sin embargo quiere seguir los pasos de él en cuanto a su permanencia eterna en el cargo. Para eso, en enero presentó un “recurso de amparo” para mantenerse en el más alto estrado judicial. “Gozo de estabilidad vitalicia, sin limitación ninguna”, dijo con toda soltura en su argumentación.

(El portal Infobae informó al respecto el pasado 27 de enero)

Pocos días después, a requerimiento del juzgado que debe pronunciarse sobre la solicitud de Higthon de Nolasco, el gobierno de Mauricio Macri pidió «que se rechace» el pedido de la jueza suprema. Planteada así la puja, entre ella que quiere quedarse y el macrismo que quiere sacársela de encima para poner a otro de los suyos -como ya hizo con el ex abogado del Grupo Clarín Carlos Rosenkrantz, nombrado en la Corte con la complicidad de la mayoría del bloque de senadores del PJ-Frente para la Victoria que preside Miguel Pichetto-, honestas opiniones de quienes confrontan contra el actual gobierno nacional y las corporaciones que lo respaldan, salieron a defender la continuidad de la jueza.

Por ejemplo, el diario «Página 12» criticó la «doble vara» del macrismo porque siempre defendió a Fayt, aunque estuvo en el tribunal hasta los 97 años, y en cambio ahora respalda el retiro de Highton de Nolasco. La posición editorial de ese medio quedó reflejada en una nota de la periodista Irina Hauser, cuyas magníficas contribuciones al conocimiento mundo judicial secreto han sido permanentes a lo largo de los años, y se reflejaron en su libro «Los supremos». (La nota referida, titulada «La doble vara del PRO ataca de nuevo», se publicó el último miércoles, 8 de enero

Al mismo tiempo, Víctor Hugo Morales elogió -sobriamente- a la jueza y criticó al macrismo y las corporaciones aliadas por querer reemplazarla para que su lugar lo ocupa alguien -uno/a más- que represente a los poderes permanentes que están más allá de la democracia.

(Sus opiniones, como es habitual, fueron expresadas en la radio AM 750 y también por TV. En Twitter, Víctor Hugo replicó su editorial “Doble vara y cinismo” que se emitió, también el miércoles 8, en la franja televisiva “El Diario”, conducida por el popular periodista en el canal de noticias C5N

Zaffaroni, sin vueltas

El que tuvo todo claro respecto de lo que debía hacer y argumentar, como tantas veces, y de ese modo dio ejemplo con su palabra y sus hechos, fue Eugenio Raúl Zaffaroni. Renunció a la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuando estaba por cumplir 75 años. «Motivan esta dimisión ineludibles razones normativas y, más lejanamente, éticas y de convicción personal», dijo en la comunicación oficial de su renuncia.

Agregó que “el motivo fundamental, que no requiere mayor explicación, finca en el acatamiento de lo dispuesto en el 3er. párrafo del inciso 4° del artículo 99 de la Constitución Nacional».

Pero además de eso que él mismo llamó “ineludible razón normativa”, la fundamentación dejó sentado un principio liminar que debería organizar el sistema judicial si alguna vez se democratizara: «Los cargos vitalicios son más adecuados a los sistemas monárquicos y menos compatibles con los principios republicanos», escribió Zaffaroni con claridad meridiana. (Una de las noticias que en su momento reflejó los términos de la renuncia fue publicada por “La Nación” en octubre de 2014

Las palabras del gran jurista no son sagradas. Son humanas y políticas, y por lo tanto discutibles como cualquier otra. Pero la hondura conceptual de sus razonamientos, respaldados por su trayectoria tanto académica como en la ciencia del derecho y en los más altos niveles del sistema judicial, que dejan una obra humanista y democratizadora de trascendencia histórica, hacen que su ejemplo y sus ideas puedan tomarse como una guía.

En cambio, tomar partido a favor de la permanencia de Highton de Nolasco en la Corte para hacerle oposición al macrismo, es un gravísimo error. Nada que contribuya al fortalecimiento de una corporación judicial antidemocrática y corrompida puede ser beneficioso para los intereses populares, por más que en este caso se trate de una jueza que pudo tener cierto decoro y decencia en su desempeño del cargo.

Lo que hace falta -y no es nada fácil, pero sí constituye una tarea histórica a futuro- es pensar una democratización profunda del Poder Judicial y además tener la fuerza necesaria para llevarla a los hechos. Cristina Kirchner tomó decisiones valientes en esa dirección en 2013 y el Congreso las aprobó, pero la corporación judicial encabezada por Lorenzetti, e incluso con el voto de Highton de Nolasco, las eliminaron de un plumazo mediante un fallo de la Corte. (Así lo reflejaba “Página 12” en junio de ese año)

Fue un intento fundacional que fracasó porque las relaciones de fuerza no lo permitieron, ya que los poderes de facto tuvieron una contundencia mucho mayor para imponer su peso, y así defender sus intereses e impedir el intento transformador. Sin embargo, habrá que intentarlo todas las veces que sea necesario.