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Los puntos álgidos del debate por la legalización del aborto

Por Julia Franceschini, Marianela García, Manuela Pita y Silvina Perugino*

En un día histórico para los derechos de las mujeres en Argentina, el martes 10 de abril comenzó el debate en comisiones para exponer los argumentos a favor y en contra de la despenalización y legalización del aborto. Desde las 9:30 de la mañana hasta la 1 de la tarde expusieron militantes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, profesionales de la salud, académicxs, referentes de la cultura y militantes del movimiento de mujeres. Los argumentos expresados en el transcurso de la mañana situaron la criminalización del aborto como un problema sanitario y social, que conlleva la muerte de miles de mujeres por someterlas a la clandestinidad y, por lo tanto, a condiciones inseguras. En este marco, el aborto legal fue comprendido como una demanda pendiente que tiene el Estado con los derechos de todas las mujeres.

En el transcurso de la tarde desplegaron sus argumentos las posturas en contra del proyecto. Entre lxs expositores hubo médicxs, integrantes del instituto de bioética de la UCA, abogadxs, legisladorxs, sacerdotes, entre otras personalidades. Sus discursos fueron anclados en experiencias individuales que basaron sus fundamentos desde lo biológico, reduciendo la salud a una lógica científica racional, y desde la ética religiosa que concuerda con la plasmada por las jerarquías eclesiales.

Fueron múltiples los ejes y puntos que se desplegaron durante el debate. En esta nota nos detendremos en tres: los vinculados a la salud, a lo jurídico y las posiciones de la Iglesia respecto del tema.

El aborto clandestino como problema de salud

Uno de los ejes centrales de la discusión sobre el aborto como problema de salud tiene que ver con el impacto que tiene en el indicador de la mortalidad materna nacional. Mientras que las voces a favor de la legalización señalan que es la primera causa de mortalidad materna, lxs que continúan defendiendo su criminalización sostienen que la incidencia es muy baja comparado con otros problemas de salud que afectan a las mujeres.

Lo cierto es que no existen registros oficiales que puedan dar respuesta a este interrogante, debido a que es el propio Estado el que criminaliza la práctica y, por lo tanto, condena a las mujeres a la clandestinidad ¿Qué registros oficiales pueden sostenerse de esta forma? Si el Estado quiere conocer la incidencia del aborto en la mortalidad materna, deberá despenalizar la práctica. Mientras tanto, hay registros de organizaciones feministas que ocupan en el territorio la ausencia del Estado, que cumplen con los estándares internacionales que se siguen en este tipo de contexto punitivo.

Otra de las grandes discusiones aparece centrada por el mismísimo concepto de salud: ¿es la salud un dato biológico o reviste una complejidad al comprender prácticas culturales? Los organismos internacionales la entienden hoy como un completo estado de bienestar. Así, el funcionamiento celular es una de las tantas partes que componen el mapa de la salud, las estadísticas y la epidemiología.

Un discurso completamente disruptivo fue el esbozado por Dora Barrancos: “Quisiera decir que me encuentro entre quienes defienden el aborto legal para afirmar el derecho al disfrute sexual separándolo absolutamente de la reproducción. Es un derecho humano fundamental que tiene que sernos dado a las mujeres. Por lo tanto, yo sostengo que debe dársenos esa prerrogativa para igualar las condiciones del ejercicio de la sexualidad diferencial entre varones y mujeres. El sexo, yo estoy segura de que los varones conocen muy bien, no embaraza a los hombres”. Habrá que seguir indagando estos caminos que tejen a la salud con el placer, que en última instancia no es más ni menos que “estado de perfecto (completo) bienestar físico, mental y social, y no sólo la ausencia de enfermedad”, como define la Organización Mundial de la Salud.

“Las mujeres católicas también abortamos”

Uno de los focos principales del debate estuvo signado por la discusión sobre la ética y la doctrina católica. El punto de conflicto principal tiene que ver con si hay una sola manera de vivir, sentir e interpretar a Dios, la ética cristiana y la doctrina religiosa, o si la Iglesia no es ni más ni menos que una institución tan diversa como otras. Lxs feligresxs, lxs fieles, los sacerdotes, ¿comprenden de la misma forma el debate sobre el aborto o hay disputas y voces silenciadas? Esto se hace visible cuando la integrante de Católicas por el Derecho a Decidir, Marta Alanis, evidencia que el sentido común asocia a la Iglesia con la jerarquía católica, olvidando que la comunidad religiosa (la ekklesía) reúne a creyentes que tienen formas distintas de practicar y sembrar su vínculo con la religión. Las jerarquías no sintetizan a la comunidad. Y, como expresa Alanis: “Las mujeres católicas también abortamos”.

En ese mismo sentido, las católicas expusieron que consideran que debe ser totalmente separado el Estado de la religión y que los principios personales no pueden interferir en las legislaciones para toda la ciudadanía argentina. Hay católicas que no desean abortar, que consideran que nunca llevarían adelante esta práctica, pero que no les niegan la posibilidad de decidir a otras. El proyecto de ley propone eso: diversidad de interpretaciones e igualdad ante la ley.

La interpretación normativa

Según el Código Penal, la práctica del aborto en Argentina es ilegal y penalizada en algunas circunstancias. En sus artículos 85, 86 y 88 establece los supuestos en los que el aborto no es punible, pero fuera de ellos la práctica se penaliza. Es interesante destacar la doble vara del derecho penal: si la práctica es penalizada en algunos supuestos sí y en otros no, ¿es un delito? Será esta una discusión ontológica en cuanto a teoría del derecho. El rango de menor cuantía que se le asigna al aborto con respecto al homicidio no puede desconocerse. La legislación no pretendió equiparar una figura con la otra. Si ese hubiera sido el espíritu de la legislación, establecería un atenuante en algunos casos y no la legalidad de la práctica. Pena de muerte.

Otro eje para destacar es la exigencia por parte del proyecto que se discute no sólo de despenalizar la práctica abortiva, es decir, que no se persiga penalmente a la mujer que la lleva adelante, sino que además se la legalice. Es decir, que el sistema de salud así como las obras sociales garanticen la práctica.

Frente a esto, los argumentos que se esgrimen a favor o en contra del proyecto de ley presentado tienen que ver con la vigencia de los tratados internacionales. La República Argentina ha suscrito varios tratados internacionales y hay comités creados con la finalidad de garantizar que los Estados cumplan con los tratados de los que son parte. Estos comités han dado una serie de recomendaciones, observaciones e incluso han solicitado a diferentes Estados informes acerca del respeto a la salud reproductiva de las mujeres, y en líneas generales han recomendado tomar medidas tendientes a reducir la mortalidad materna por aborto clandestinos y poco seguros, planteado el tema como una violación del derecho de las mujeres a la vida. Dentro de estas medidas se encuentra la práctica abortiva segura.

Sin embargo, el eje central de la discusión sobre la perspectiva legal del aborto hizo pie en el debate sobre lo que se entiende con el concepto de “persona”. En este sentido, resulta necesario clarificar que, si bien Código Civil establece en su artículo 19 que existe la persona humana desde el momento de la concepción, esta “ficción jurídica” lo es a los efectos de los derechos que pueda ejercer, bajo la condición de su nacimiento. Derechos que no deberían discutirse, como los hereditarios, lo cual quedó claramente explicado por la doctora Nelly Minyersky. Es decir, la legislación buscó a través de una ficción jurídica dar determinada solución a problemas referidos al ejercicio de derechos que puedan suscitarse una vez que la persona se establezca como tal, a partir del nacimiento. En el mismo sentido se ha interpretado la Convención sobre los derechos del niño, fundamento que utilizan los grupos opositores al proyecto para deslegitimar un reclamo histórico.


* Integrantes del Frente de Mujeres Unidad Ciudadana La Plata.