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Mar del Plata: prisión perpetua a nueve represores

Por Maximiliano Ceci

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata condenó a nueve represores en juicio oral por delitos de lesa humanidad cometidos en centros clandestinos de detención que funcionaron en la Base Naval, la Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina (ESIM) y la Prefectura Naval Argentina. La sentencia confirmó el accionar de los condenados en delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados por haber sido cometidos en perjuicio de perseguidos políticos, homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas y asociación ilícita, cometidos en perjuicio de 123 víctimas.

El tribunal, conformado por los jueces Mario Alberto Portela, Néstor Rubén Parra y Alejandro Daniel Esmoris, desestimó por unanimidad el pedido de nulidad de la defensa y sentenció a prisión perpetua al ex jefe de Operaciones de la Agrupación GADA 601, Alfredo Manuel Arrillaga, en la cuarta condena que recibe por delitos de lesa humanidad; al ex jefe de la Base Naval y comandante de la Fuerza de Submarinos Juan José Lombardo; al ex jefe de la Base Naval y comandante de la Fuerza de Submarinos Raúl Alberto Marino; al ex comandante de la Agrupación Buzos Tácticos y ex subjefe de la Base Naval Rafael Alberto Guiñazú; al ex comandante de la Agrupación Buzos Tácticos José Ornar Lodigiani; al ex jefe del Departamento de Operaciones de la Base Naval de Mar del Plata y comandante del GT6.1 Alberto Ignacio Ortiz; al el ex jefe de Contrainteligencia de la Base Naval Julio César Falcke; al ex jefe de Comunicaciones de la Base Naval y ex jefe del Departamento Operaciones Daniel Eduardo Robelo y el ex jefe de la sección Inteligencia de la Base Naval durante 1978 y 1979 Francisco Lucio Rioja.

Además de las condenas a prisión perpetua, el ex jefe de la Prefectura Naval Argentina, Juan Eduardo Mosqueda, fue condenado a doce años de prisión; el ex jefe de la sección de informaciones de la Prefectura, Ariel Macedonio Silva, a diez años, y el ex suboficial de Infantería de Marina, José Francisco Bujedo, a ocho años de prisión.

De los trece condenados, diez ya habían escuchado su sentencia en juicios anteriores. Los marinos Juan José Lombardo y Justo Alberto Ignacio Ortiz cargan con dos condenas a prisión perpetua. Sus camaradas de armas Raúl Alberto Marino, Mario José Osvaldo Forbice, Rafael Alberto Guiñazú, Juan Eduardo Mosqueda y José Omar Lodigiani recibieron su primera condena en 2012. Lo mismo sucede con los prefectos Ariel Macedonio Silva y Julio César Fulgencio Falcke. Sólo Robelo y Bujedo no habían sido condenados en causas anteriores, por lo que al resto se le acumularán las condenas a las que tuvieran con anterioridad.

Además, los ex militares fueron también condenados por el delito de asociación ilícita, acusación que se amplió a lo largo del proceso, a excepción de Rioja, cuyo caso no había sido elevado a juicio por ese delito.

Por otro lado, tanto el ex subjefe de la Base Roberto Luis Pertusio como el ex jefe de la ESIM, Mario José Forbice, fueron declarados «incapaces por enfermedad sobreviniente», por lo que se suspendió el proceso en su contra.

Durante el debate se comprobó la relación de coordinación y/o subordinación que existió entre la jefatura de la Subzona Militar XV –ejercida por el Ejército– y la Armada al cometerse los delitos. Esta articulación de fuerza se había probado con la sentencia al ex coronel Carlos Aldo Máspero, condenado en diciembre de 2014 a prisión perpetua por entender que el jefe de la Subzona Militar VX era quien coordinaba la represión estatal independientemente de la fuerza que llevó adelante los operativos de secuestro, tortura y desaparición.

En la antesala de la lectura de la sentencia en el tercer juicio por la megacausa 4447, los jueces destacaron que a lo largo del proceso se escucharon más de setenta testigos que prestaron testimonio de los 123 hechos que se juzgaron. De ellos, cincuenta fueron tratados por primera vez en este juicio oral. Entre las víctimas se encuentran más de una docena de militantes del Partido Comunista Marxista Leninista (PCML), cuando secuestraron entre febrero y junio de 1978 a quince militantes que se ocultaban en los dominios de la Subzona Militar 15.


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