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«Más restricciones a la libertad de expresión»: el Gobierno limita el acceso a la información

Mediante un decreto, Milei modificó la Ley de Acceso a la Información Pública. Los expertos advierten sobre los riesgos.

Este lunes, mediante el Decreto 780/2024, el Gobierno nacional limitó el acceso a la información pública mediante la modificación de la Ley Nº 27275. En la misma, establece una serie de cambios e introduce una subjetiva «naturaleza privada» para denegar la información, insumo central para el periodismo y la ciudadanía.

En los cambios, está una nueva definición de «información pública» de documentación. Al respecto, señala el decreto: «No se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas o por la ausencia de un interés público comprometido, ajenos a la gestión de los sujetos obligados enumerados en el artículo 7° de la Ley N° 27.275 y su modificatoria». En documentos, en tanto, excluye «las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, el ex examen preliminar de un asunto».

Hoy por hoy, la normativa indicaba que «toda la información en poder del Estado se presume pública», mientras que reivindicaba la «transparencia y máxima divulgación» y el «alcance limitado de las excepciones». En este marco, «la naturaleza privada» que señala el decreto limita ampliamente ley sancionada por el Congreso de la Nación en 2016.

«Más restricciones a la libertad de expresión», explicó Martín Becerra, investigador y especialista en la materia. «La norma defiende los principios de máxima publicidad, transparencia y divulgación, acorde a estándares internacionales», explicó en sus redes. «En cambio, la reglamentación decretada hoy por el presidente Milei es oscurantista, en lugar de franquear el acceso a la información pública, lo obtura», agregó.

«Otro estorbo para el acceso a la información pública creado por este decreto es el requisito de que los solicitantes brinden sus datos personales (documento, domicilio, email y CUIT en el caso de personas jurídicas), lo que violenta el principio de ‘informalismo’ establecido en el primer artículo de la ley 27275», detalló.

Desde la Fundación Poder Ciudadano, en tanto, alertaron que «ningún decreto puede restringir el Acceso a la Información Pública más allá de lo que lo hace la Ley sancionada democráticamente por el Congreso de la Nación», ya que la Argentina suscribió a pactos y tratados internacionales al respecto.

«En los últimos años, diferentes pedidos de acceso a la información pública han ayudado a investigar causas judiciales, a alertar sobre comportamientos impropios de autoridades estatales, señalar reuniones entre personas en ejercicio de la función pública y otros sectores que podían configurar un potenciales conflictos de intereses, conocer quiénes accedían a edificios públicos y señalar el mal uso de los recursos públicos», detalló.

Este año, por ejemplo, mediante pedidos amparados en la normativa, se conoció que Capital Humano almacenaba toneladas de alimentos en galpones.

Poder Ciudadano, que tiene entre sus objetivos velar por «la transparencia de la cosa pública», señaló que «la información está en manos del Estado pero le pertenece a la ciudadanía», y cuestionó que el decreto de Milei, «en lugar de impulsar el derecho de acceso a la información pública, pareciera limitarlo».

«Este decreto olvida que el principio fundamental que sostiene este derecho –como estándar internacional que nuestro país ha refrendado vía obligaciones internacionales en incluso desde su Máximo Tribunal– es que la información se presume pública y el secreto es la excepción. Por eso, consideramos este decreto como limitante del acceso a la información pública. Más derecho de acceso a la información significa más transparencia y menos corrupción», concluyeron.


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