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Municipales de La Plata le exigen a Garro reapertura de paritarias y pase a planta

Gustavo Hernández, secretario general del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de La Plata (SOEMLP), nucleado en la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (FeSiMuBo), habló de la crítica situación que atraviesan los trabajadores dependientes del gobierno local, que tienen un salario básico de 9.672 pesos.

“Solicitamos la reapertura de paritarias desde el año pasado”, sostuvo el representante gremial, y recordó que en la última reunión donde se acordó un aumento por debajo de la inflación estuvieron presentes sólo los dos gremios afines a Julio Garro, y que a la reunión en el Ministerio de Trabajo bonaerense “el Municipio solo envió a un funcionario de cuarta línea sin propuestas”.

“En el plenario de secretarios generales que tuvimos el 12 de marzo se habló del rechazo a cualquier sistema paritario que fuera del 23%, y mucho menos si no es con cláusula gatillo”, sostuvo Hernández, y agregó: “Hoy por hoy, la mesa paritaria no existe. Lo que se llama paritaria es una reunión entre el intendente y los representantes que son afines a él”.

En ese camino, recordó que el año pasado el aumento estuvo por debajo de la inflación del 47%. “Si la canasta básica dice que para que un trabajador con su familia pueda subsistir se necesitan 27 mil pesos, estamos muy lejos, con unos salarios de 9.672 pesos. El gobierno es el primer detractor de la ley.”

En relación con la precarización laboral, el gremialista resaltó que, según la Ley Nº 14.656, “deberían pasar a planta permanente entre cuatrocientos y quinientos al año, ya que del 100% de los empleados, el 20% puede ser contratado y el 80% debe pasar a planta permanente».

«Hay que tener en cuenta que para este año se proyecta una inflación por encima del 47%. A esto hay que sumarle el 23% por debajo con el que estamos desde el año pasado”, sostuvo en relación con la intención de Calle 12 de aumentar sólo el resto de la cifra de inflación anual de 2018.

La Ley Nº 14.656 de Régimen Marco de Empleo Municipal sostiene en su artículo 70 que “en ningún caso el total de los contratados podrá superar el veinte por ciento (20%) de la planta permanente”.

Asimismo, en el escrito se establece que “cualquier infracción a lo establecido en materia de planta temporaria convertirá al trabajo transitorio en definitivo y al trabajador se lo considerará ingresado a la planta permanente a partir de la fecha en que inició su prestación de servicio”.