Por María Luján Venier (desde Neuquén)
Las causas que investigan las complicidades de civiles durante los años del terrorismo de Estado en Argentina comienzan a sumar hechos concretos. Ahora, el juez federal de Neuquén, Gustavo Villanueva, fijó fecha para tomarle declaración indagatoria a los ex magistrados de Neuquén y Roca, acusados por delitos de lesa humanidad. El ex juez federal de Neuquén, Pedro Laurentino Duarte, deberá comparecer el 20 de mayo, mientras que el ex fiscal federal de esta misma provincia, Víctor Marcelo Ortiz, tendrá que hacerlo el 22.
Además, Villanueva ordenó el miércoles una serie de allanamientos en los domicilios que ambos imputados tienen en Cipolletti (Río Negro), en la capital neuquina y en Villa Pehuenia, una localidad turística de esta última provincia. La medida se tomó ante la posibilidad de que en poder de los dos ex funcionarios judiciales haya elementos documentales de utilidad para la investigación, como anotaciones, publicaciones, manuscritos, libros, agendas, fotos, periódicos o cartas.
Las indagatorias dispuestas por Villanueva alcanzan también a la ex defensora federal de Pobres, Incapaces y Ausentes y ex jueza federal subrogante de Neuquén, María Ester Borghelli de Poma (28 de mayo); a la ex jueza de Roca, Mirta Ebe Fava (2 de junio) y al ex juez y al ex fiscal de esta misma localidad rionegrina, Cecilio Alfredo Pagano (12 de junio) y Hernán Etcheverry (4 de junio).
En diciembre de 2013, el fiscal federal subrogante e integrante de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado, de Neuquén, Adrián García Lois, había requerido que nueve ex magistrados judiciales de Neuquén y Río Negro sean citados a declarar. A los ya mencionados les sumó también al ex juez y al ex fiscal de Bariloche, Dardo Ismael Sosa y Leopoldo Fuentes.
A todos se los acusa de haber prestado una colaboración indispensable al plan criminal ejecutado por las Fuerzas Armadas y de Seguridad a las que les dieron cobertura judicial.
El caso que se considera paradigmático en esta causa es el de Duarte, que llegó al Poder Judicial el 8 de julio de 1976, cuando asumió como juez federal de Primera Instancia de Neuquén. Hasta ese momento se había desempeñado, con el grado de mayor y en la función de auditor, en el Comando de la VI Brigada, en el lugar que, según el fiscal, hacía un año atrás se venían decidiendo, planificando y ejecutando este tipo de delitos de lesa humanidad.
Hace sólo algunos días, García Lois y su par en la Unidad Fiscal que interviene en casos de terrorismo de Estado en Neuquén, Miguel Palazzani, habían reiterado el pedido de indagatoria y la detención de Duarte y Ortíz.
Sin embargo, el juez Villanueva sólo dio curso a las indagatorias y rechazó disponer las detenciones. Argumentó que no existen reales y concretos peligro de fuga o de entorpecimiento de la pesquisa porque los imputados comparecieron de inmediato al juzgado, que viven en sus lugares de residencia hace cuarenta años y que cada vez que tuvieron que viajar solicitaron autorizaciones.
Villanueva ya les había dictado la prohibición de salir del país y ahora le sumó la obligación de presentarse todos los viernes en la sede de la Unidad Fiscal.
La causa
Sobre la base de prueba recogida en el expediente de la causa caratulada «Reinhold, Oscar Lorenzo y otros s/ delitos contra la libertad», García Lois solicitó las indagatorias, ya que consideró que había razones suficientes para estimar que durante la última dictadura cívico-militar dichos magistrados habrían prestado una colaboración indispensable al personal de las Fuerzas Armadas y de Seguridad para la perpetración de delitos de lesa humanidad. En la región, la represión ilegal fue conducida por la jefatura de la Subzona de Seguridad 52, a cargo del comando de la Brigada de Infantería de Montaña VI, con sede en Neuquén capital.
El fiscal consideró que, si bien los imputados habían sido llamados a intervenir para poner fin a los flagelos infligidos en el área local por la dictadura y hacer valer las garantías constitucionales de los ciudadanos, optaron por desamparar a las víctimas del terrorismo de Estado represtando al aparato represivo estatal instalado en la zona al servicio de un gobierno sedicioso. En definitiva, argumentó que le brindaron a los militares una adecuada cobertura judicial y garantía de impunidad.
La explicación del fiscal sobre el accionar de estos ex magistrados judiciales es muy detallada. Dice que intervinieron en causas donde se ordenaron las detenciones de las víctimas, pero que desoyeron las denuncias de que habían sido interrogadas bajo la imposición de tormentos por parte de las autoridades que ejercían el poder de hecho sobre ellas, y/o al haber rechazado los hábeas corpus y amparos, algunos de manera sistemática con costas para los familiares de las víctimas. García Lois aseguró que el objetivo era desalentar la búsqueda del paradero o bien imprimiéndoles un trámite simplemente formal o archivando directamente las denuncias.
Los hechos que se le imputan a los nueve ex funcionarios judiciales es que victimizaron a unas treinta personas víctimas del terrorismo de Estado en Neuquén y Río Negro.