Por Maximiliano Ceci
El expediente que tramita la investigación por la apropiación de Papel Prensa durante la dictadura cívico militar podría transformarse en “instrumento de impunidad”. La advertencia fue realizada por el fiscal federal Leonel Gómez Barbella en el recurso de queja que ayer presentó ante la Cámara Federal porteña que apunta a dar marcha atrás la decisión del Juzgado Federal Nº 10 de Capital Federal, que se negó a indagar a los directivos de los diarios Clarín y La Nación en la causa que investiga el desapoderamiento accionario de la empresa productora de papel para diarios.
La queja quedó radicada bajo “asignación directa” ante la Sala I del Tribunal de Apelaciones, formada por los camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Farah y Eduardo Freiler, quienes ya intervinieron en otras instancias de la causa.
La fiscalía fue en queja a la Cámara luego de que el 20 de marzo pasado el juez Julián Ercolini rechazara por «improcedente» la apelación presentada contra su negativa a citar a declaración indagatoria a Ernestina Herrera de Noble, Héctor Magnetto, Bartolomé Mitre, Raymundo Podestá (Secretario de Estado en 1976) y Guillermo Gainza Paz (imputado como supuesto «intermediario»), y condicionó la citación a los sospechosos a la finalización de una pericia contable que establezca si lo pagado durante la dictadura a los herederos y socios del empresario platense David Graiver constituía un “precio vil”.
En el escrito remitido ayer a la Cámara, el fiscal Gómez Barbella advirtió que la resolución de Ercolini “impide de hecho perseguir y juzgar posibles crímenes contra lesa humanidad”, y que en la causa “se encuentra comprometida la responsabilidad del Estado por un posible incumplimiento de sus obligaciones internacionales en la materia”.
El escrito de quince carillas –al que Contexto tuvo acceso por fuentes judiciales– fue entregado a primera hora de ayer en la Sala I del Tribunal de Apelaciones. Allí, Gómez Barbella recordó que “existe ‘prueba bastante’ para escuchar” a Magnetto, Herrera de Noble, Mitre y compañía “en declaración indagatoria”.
En la presentación, el fiscal recordó que supeditar el avance de la investigación únicamente a la posibilidad de que el peritaje concluya que el supuesto dinero abonado en 1976 fue o no el correcto “demuestra un apartamiento del objeto procesal”, esto es, que la investigación no gira en torno a un delito económico o financiero, sino “ante maniobras extorsivas y persecutorias en el marco del Terrorismo de Estado”. Por ello, advirtió que la modificación del objeto de investigación aparta el proceso penal de su función de encontrar la verdad, y que, en consecuencia, “el expediente se podría transformar en instrumento de impunidad”.
Hasta el momento, la causa registra sólo cinco declaraciones testimoniales. Y, como la fiscalía aclara en el recurso de queja, “la indagatoria del imputado constituye un requisito sin el cual no puede haber procesamiento”.
La causa penal se abrió en 2010 por denuncia del Juzgado Nacional en lo Comercial N° 2, que extrajo testimonios y se acumuló a otro expediente abierto en La Plata por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. El fiscal pidió llamar a indagatoria a los imputados por «extorsión» en el marco de un delito de lesa humanidad por persecución por motivos políticos y religiosos.
El fiscal pidió las indagatorias por entender que está comprobado el desapoderamiento de los bienes del fallecido banquero David Graiver «bajo amenazas e intimidación» a sus herederos y socios en Papel Prensa, y que los imputados «participaron de la transferencia extorsiva y usufructuaron la información de que las víctimas eran objeto de persecución política».
Ercolini rechazó el planteo con el argumento de que en la causa existen medidas probatorias aún no concluidas, como un peritaje contable para establecer si las acciones de Papel Prensa se traspasaron a un «precio vil» por parte de la familia Graiver a las empresas de los imputados.
“La decisión de asignarle al resultado de dicha medida una condición que impide proseguir con la investigación no resulta una derivación razonada del derecho y deviene, por tanto, arbitraria”, concluyó la queja del fiscal.