En pleno marco de profundización del discurso misógino del oficialismo, fue elevado un pedido de juicio político contra el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, tras hacer pública su intención de eliminar la figura de femicidio del Código Penal. La presentación legal sostiene que Cúneo Libarona “debe ser removido de su cargo” y que su decisión frente a la figura de femicidio “implica un ataque a las mujeres y constituye, en sí misma, un fundamento contundente de ‘mal desempeño en el ejercicio de sus funciones’”.
El pedido fue elevado por el ex diputado Nacional, Alejandro “Topo” Rodríguez, quien realizó la presentación ayer en calidad de “ciudadano argentino y profesor universitario”, y se suma a la serie de respuestas críticas hacia la postura del ministro de Justicia.
“Cúneo Libarona debe ser removido de su cargo. La decisión del Ministro implica un ataque a las mujeres y constituye, en sí misma, un fundamento contundente de ‘mal desempeño en el ejercicio de sus funciones’, en los términos que fija el artículo 53 de la Constitución Nacional, como causal para someter a Juicio Político a un ministro del Poder Ejecutivo Nacional”, expresa el proyecto presentado por Rodríguez ante la Cámara de Diputados de la Nación.
“Cuando el Ministro de Justicia anuncia que van ‘a eliminar la figura del femicidio del Código Penal Argentino, porque esta administración defiende la igualdad ante la Ley consagrada en nuestra Constitución Nacional’, lo que de manera siniestra se pretende instalar es que el femicidio constituye la acción de quitarle la vida ‘a una mujer’, cuando en realidad se trata de algo muy distinto: quitarle la vida a una persona precisamente por ‘ser mujer’”,
En tanto, al mismo tiempo, el propio Cúneo Libarona ratificó su postura esta mañana en diálogo con el streaming oficialista Carajo, donde dijo estar indignado por “las denuncias falsas en materia de género”. Allí, sostuvo que “se acabó la joda del género” y reafirmó su visión de las políticas contra la violencia de género como una suerte de trampa ideológica contra los varones. “Producen un daño tremendo, el pobre imputado pierde el trabajo, la sociedad lo condena, los amigos no lo saludan. Es terrible y después se descubre que es mentira y al hijo no lo puede ver más”, sostuvo el funcionario.
Cabe recordar que la tipificación de femicidio como agravante fue incorporada al Código Penal, contemplada en el artículo 80, inciso 11 tras la sanción de la ley 26.791, publicada en el Boletín Oficial el 14 de diciembre de 2012.