El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) presentó ante la Justicia un recurso para que se declare inconstitucional el Decreto 614/2024 firmado por Javier Milei, que reformó el sistema de inteligencia, con la creación de la Agencia Federal de Ciberseguridad (AFC) y la autorización de interceptar todo tipo de comunicaciones privadas que contengan «toda información relevante para el Sistema de Inteligencia Nacional». «En ningún momento especifica qué es relevante», advirtieron desde el organismo.
«El decreto de necesidad y urgencia 614/2024 habilita al Estado a hacer vigilancia masiva, pone en riesgo el derecho a la privacidad, la intimidad y la libertad de expresión. También viola la división de poderes», cuestionó el CELS.
El organismo de derechos humanos, que forma parte de la Iniciativa Ciudadana para el Control de los Servicios de Inteligencia (ICCSI), presentó un amparo colectivo en el fuero contencioso administrativo federal para que se declare la nulidad absoluta y la inconstitucionalidad del decreto presidencial. «Con este DNU, Javier Milei realizó una reforma estructural del sistema de inteligencia que modifica su organización, facultades y objetivos, y afecta los derechos a la privacidad e intimidad, a la autodeterminación informativa y a la libertad de expresión», informó el CELS.
La Agencia Federal de Ciberseguridad (AFC) funciona dentro de la SIDE y es conducida por Ariel Waissbein, quien reveló el mes pasado que trabajará codo a codo con el sector privado. «Creo que el principal desafío es establecer la Agencia, contratar al personal y esperamos tener el presupuesto el año entrante, y mientras lo hacemos vamos a diagnosticar el estado de la infraestructura crítica, vamos a hacer alianza con el sector privado y comenzar a trabajar», informó en septiembre en Costa Rica, como orador del Latam CISO Summit 2024, un encuentro de Ciberseguridad que reúne a los más importantes CEOs del continente.
«El decreto tiene numerosos problemas y habilitaciones para la nueva SIDE. No precisa los casos en los que la nueva Agencia puede interceptar comunicaciones, de qué tipo de información se trata ni el procedimiento a seguir, los motivos o propósitos. Mucho menos aclara lo que implica una ampliación de las facultades estatales de acceder al ámbito privado», destacaron desde el CELS.
Para el organismo, estas imprecisiones «habilitan al Estado a hacer vigilancia masiva: no se le exige una hipótesis concreta de investigación sobre una persona o grupo ni tiene límites sobre el volumen de datos que pueden ser interceptados o recopilados. De hecho, al modificar la definición de ‘inteligencia’ y ‘contrainteligencia’, el decreto amplía los justificativos que permiten interceptar comunicaciones privadas. Ahora no sólo incluyen la defensa y la seguridad nacional sino también cualquier ‘oportunidad’ vinculada a la ‘consecución de los intereses estratégicos’ del país».
Por otro lado, «el DNU vuelve a habilitar a los organismos de inteligencia a funcionar como auxiliares de la justicia en procesos penales ‘en tareas de su especialidad’, excepcionalmente y a pedido del juez competente. Al mismo tiempo los faculta a ‘informar’ sobre cualquier tipo de información obtenida a través de sus actividades que pueda ser relevante para una investigación judicial. De esta forma se reinstala una práctica que había sido prohibida por las gravísimas irregularidades que produjeron. Recientemente la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado argentino en el caso AMIA por el fracaso de la investigación judicial. Entre otras cosas, ese fracaso estuvo determinado por el involucramiento de la exSIDE en la investigación», destacó el organismo.
En este marco, el CELS resalta que esta imprecisión y la habilitación de que el Estado se meta en ámbitos privados «pone en riesgo derechos humanos protegidos especialmente por la Constitución Nacional y tratados internacionales».
«Las prácticas ilegales de inteligencia y vigilancia están instaladas en nuestro sistema. Sobran antecedentes del acopio de información, vigilancia y seguimientos respecto de activistas gremiales, sociales, de organismos de derechos humanos, periodistas y políticos, en base a sus actividades, opiniones y posturas políticas. También sobre colectivos de familiares y víctimas o comunidades indígenas como queda en evidencia en las causas ARA San Juan, AMIA y D’Alessio, entre otros. Esta reforma genera las condiciones de posibilidad para que eso siga sucediendo bajo el más absoluto secreto», concluyó el CELS.