A la protesta social en distintos puntos del país contra la ley de ajuste previsional, se le sumaron dos amparos presentados por abogados previsionalistas con el fin de frenar la normativa que le quita poder adquisitivo a jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones sociales.
Uno de los amparos, presentado por el abogado especialista en materia previsional Miguel Ángel Fernández Pastor, pide que la Justicia declare inconstitucional la Ley Nº 27.426 que sancionó el martes el Congreso, y también el Decreto Nº 1058/17 que firmó Mauricio Macri, como bono compensatorio por única vez de entre 375 y 750 pesos.
El texto sostiene que la ley, que generó un hondo malestar social en distintos puntos del país, atenta contra derechos de los sectores afectados, garantizados por importantes leyes. Afirma que “viola palmariamente los artículos 14 bis, 16, 17, 28, 31 y 75 de la Constitución Nacional, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes”.
También indica que lesiona “los derechos de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, los derechos consagrados en el artículo 17 de la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.
El amparo toma datos de recientes informes del Centro de Economía Política Argentina (CEPA), que estimó que el ajuste implica un ahorro de 75 millones de pesos para el gobierno. Si se le restan los 3.666 millones del bono a pagar en marzo, el ajuste será de 71.300 millones de pesos. “La aplicación de la ley en cuestión significará una pérdida de recursos para repartir entre los distintos beneficiarios de la seguridad social”, dice el texto al que accedió Contexto.
“La aplicación de la ley en cuestión significará una pérdida de recursos para repartir entre los distintos beneficiarios de la seguridad social”
Entre los afectados, señala que verán disminuidos sus ingresos los jubilados y pensionados, titulares de pensiones no contributivas –discapacitados, madres de siete o más hijos, personas en estado de vulnerabilidad social–, quienes perciben asignaciones familiares, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y trabajadores que inicien su jubilación a partir de la promulgación de la ley.
El segundo amparo fue presentado por el abogado de la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (CTEP), Christian González D´Alessandro, quien cuestiona la ley y el decreto de Mauricio Macri.
Sobre este último, afirma que “no compensa el desfasaje que el gobierno pretende quitar a los jubilados y demás perjudicados, como los niños, niñas y adolescentes, siendo totalmente arbitrario y atentando contra las garantías constitucionales, como el principio de proporcionalidad ampliamente reconocido en el derecho de la seguridad social, así como el de movilidad consagrado en el 14 bis de la Constitución Nacional”.
El amparo define como arbitrario el bono compensatorio porque beneficia a 8,9 millones de personas cuando los afectados son más de 17 millones.
El amparo define como arbitrario el bono compensatorio porque beneficia a 8,9 millones de personas cuando los afectados son más de 17 millones
Sobre la ley, según datos del CEPA, detalla que con la fórmula nueva las jubilaciones mínimas serán, en diciembre de 2018, de 13.173 pesos, mientras que con la ley anterior sería de 13.558 pesos.
Por último, en lo que refiere a los niños, niñas y adolescentes, el amparo resalta que la ley impulsada por Mauricio Macri vulnera “el principio de igualdad, no discriminación e interés superior del niño y la niña como ejes rectores de la Convención del Derecho del Niño”, producto de los recortes a las asignaciones familiares y la AUH que reciben los más chicos.