En el marco del desarrollo de los procesos de Memoria, Verdad y Justicia, Provincia de Buenos Aires decidió tomar acciones sobre el fallo judicial que absolvió a dos civiles condenados por delitos de lesa humanidad. Se trata de Emilio Felipe Méndez y Julio Manuel Méndez, condenados en 2012 como partícipes necesarios del asesinato del abogado Carlos Alberto Moreno, ocurrido en 1977 en la ciudad de Tandil.
Fue la Subsecretaría de Derechos Humanos bonaerense la que decidió recurrir este viernes el fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. La Cámara entendió que «no había pruebas de cargo suficientes para sostener la imputación», con lo cual la Subsecretaría decidió presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que revoque la decisión.
Los hermanos Méndez fueron investigados por la serie de delitos cometidos en su casa quinta de la ciudad de Tandil, donde se incluye el asesinato del abogado laboralista de Olavarría, Carlos Moreno. «Es imposible que los Méndez hayan desconocido para qué se usó su quinta», fueron las palabras del hijo del abogado, Matías Moreno, actual titular de Derechos Humanos de la provincia.
En tanto, la absolución de Emilio y Julio Méndez fue lograda gracias al pronunciamiento de los magistrados Javier Carbajo, Ángela Ledesma y Eduardo Riggi, cuya decisión llegó nueve años después del juicio oral. El fallo fue en sentido contrario de lo que había sentenciado por unanimidad el Tribunal Oral Federal Nº 1 de Mar del Plata en 2012 y confirmado la propia Sala IV con distinta integración poco después.
«Entendemos que el fallo de Casación implica la consolidación de un doble estándar probatorio para el juzgamiento de civiles acusados por su participación en crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar. Pareciera que se intenta poner un límite en estos casos», explicó el director provincial de Políticas Reparatorias, Martín Fiorenza, quien impulsó la presentación de la Subsecretaría junto al abogado Manuel Marañón y la directora de Querellas y Crímenes de Lesa Humanidad, Verónica Bogliano.
«La Sala IV realiza un análisis completamente arbitrario de la prueba, fraccionando cada hecho como si fuesen escindibles uno del otro, y totalmente descontextualizado del marco de la clandestinidad que caracterizó al terrorismo de Estado», agregó Fiorenza.
En tanto, desde la Subsecretaría de Derechos Humanos bonaerense señalan que el fallo «omite arbitrariamente considerar pruebas que incorporadas en el debate oral, forzando una interpretación claramente indebida sobre la prohibición de la reformatio in pejus».
«De confirmarse este fallo, no solo se vería gravemente comprometida la responsabilidad internacional que pesa sobre el Estado argentino de juzgar y sancionar a los autores de crímenes contra la humanidad, sino que implicaría un grave retroceso en el proceso de Verdad y Justicia. Evidentemente, el caso reviste gravedad institucional», concluyó el titular de Políticas Reparatorias.
Acorde al organismo provincial conducido por Moreno, la absolución constituye «un grave retroceso en el juzgamiento de civiles por crímenes de lesa humanidad, en cuanto que esta resolución implica un límite en el juzgamiento de los delitos cometidos por actores civiles que contribuyeron y/o buscaron beneficiarse durante el período de la dictadura cívico-militar».
A pesar de la absolución de la Sala IV, Emilio y Julio Méndez continúan en prisión preventiva en el marco de la causa «La Huerta», que investiga delitos de lesa humanidad cometidos en Tandil, en la que cuatro sobrevivientes denunciaron haber permanecido detenidos-desaparecidos en 1976 en el centro clandestino de detención que funcionó en la quinta de los Méndez.