Las tres querellas en el juicio contra los civiles Carlos Ernesto Castillo, alias “El Indio”, y Juan José Pomares, alias “Pipi”, juzgados por primera vez en La Plata por secuestros, torturas y asesinato de varios militantes del peronismo revolucionario y de la izquierda perpetrados en esta ciudad antes y después del golpe de Estado de 1976, rechazaron el miércoles los pedidos de nulidad de los abogados defensores de esos dos conocidos integrantes de la Concentración Nacional Universitaria (CNU).
Aunque las víctimas de la CNU, organización paraestatal de ultraderecha peronista y católica, fueron varias decenas en La Plata entre 1974 y 1976, en este juicio, que fue demorado por años, se incluyeron sólo siete casos ocurridos entre febrero y abril de 1976. Se trata del secuestro y homicidio de Carlos Antonio Domínguez, Leonardo Miceli, Néstor Dinotto y Graciela Martini, y el secuestro de Roberto Fiandor, Daniel Pastorino y Ursula Barón.
En nombre de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre y la Unión por los Derechos Humanos de La Plata, Marta Vedio solicitó que se “rechacen las nulidades planteadas” por la defensa en relación con el reconocimiento fotográfico de los procesados y los testimonios de víctimas y familiares.
Recordó que la nulidad de los reconocimientos fotográficos de los imputados ya había sido rechazada por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. “Estos reconocimientos son medida investigativa coherente con el testimonio” de los testigos Daniel Pastorino y Walter Martini, entre otros, “efectuados antes de que Castillo y Pomares fueran indagados”, sostuvo la letrada.
“La defensa hizo una valoración fragmentada, parcial y despreciativa de todos los elementos probatorios de autoría” de los hechos que se juzgan en este primer juicio contra el accionar en la capital bonaerense de la CNU, organización que actuó al amparo del Estado, de sus fuerzas de seguridad, con el respaldo del sindicalismo más ortodoxo y de organizaciones como la Triple A.
Vedio rechazó los pedidos de nulidad de la defensa en relación con las comparecencias de los testigos ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1, presidido por el juez Germán Castelli. “Acá no hubo testigos ajenos al debate”, retrucó la abogada en dirección al único abogado defensor que asistió a la audiencia del miércoles.
“Los testigos acreditaron la materialidad” de los hechos ilícitos cometidos, sostuvo antes de subrayar que en estos delitos de lesa humanidad “quedó probada la participación de los imputados en el marco de un plan sistemático contra una parte de la población”. “Están plenamente acreditados” los homicidios perpetrados por la patota de Castillo y Pomares y el modus operandi de la CNU, afirmó Vedio.
A su turno, Pedro Griffo, abogado que representa a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, rechazó los dichos de la defensa según los cuales Pomares tenía por entonces diez años. “En 1973, Pomares tenía diecinueve años cuando reventaba asambleas”, sostuvo, y recordó que “los testigos reconocieron a Pomares en fotos de años anteriores al 77”.
En la audiencia anterior, los defensores de Pomares, Oscar Salas y Juan Pesquera, intentaron demostrar que su defendido no era quien afirman las víctimas, y mostraron al Tribunal una foto del acusado tomada en 1977 en la Unidad 9, donde obviamente ya no tenía bigote ni pelo largo. Pomares y Castillo llegaron a la U9 luego de pasar varios meses en comisarías locales, tras ser detenidos por delitos comunes y porque ya la CNU no servía en la calle para los fines represivos del Ejército y la Policía bonaerense. En cambio, en la U9 cumplía funciones de inteligencia para el servicio penitenciario, según numerosos testigos.
“Los hechos (imputados) fueron contextualizados de forma individual y genérica. Se identificaron en tiempo y espacio”, afirmó Griffo al rechazar los planteos de la defensa en relación a los cargos por homicidio. “Los alegatos de la fiscalía y de las querellas enmarcan los hechos en crímenes de lesa humanidad. La CNU actuó bajo el amparo estatal”, sentenció el letrado.
La defensa también hizo planteos de nulidad en relación con el tiempo transcurrido para llegar a este juicio oral y público y los años de sus defendidos en prisión preventiva. A ello respondieron las abogadas Luz Santos Morón y Carolina Vilches, en nombre de la Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos.
«Si este juicio no tuvo lugar en años anteriores fue por las leyes de Punto Final, de Obediencia Debida y de Amnistía”, le respondió Santos Morón. Para la abogada, a lo largo del proceso iniciado en mayo pasado se presentó “un conjunto de pruebas que demuestran de forma contundente la pertenencia a la CNU de los imputados y su participación en los hechos que aquí se ventilan”.
Vilches rechazó varias de las afirmaciones del defensor de Castillo, Fernando Buján, que desestimó el delito de genocidio. La abogada volvió a reivindicar esa calificación legal para referirse a los delitos cometidos por Castillo y Pomares como jefe operativo e integrante activo de la CNU platense.
“A las cosas se las llama por su nombre, y eso es responsabilidad de los operadores de la Justicia”, sostuvo Vilches. “Solicitamos al tribunal que estos hechos sean considerados constitutivos de genocidio, que tiene sus consecuencias al día de hoy”, sostuvo la abogada.
La audiencia había comenzado con unas palabras de reconocimiento del juez Castelli a Nilda Eloy, militante por los derechos humanos, fallecida días atrás como consecuencia de una enfermedad.
El 27 de noviembre será el turno para la réplica de la defensa y la fiscalía, y dos días después se espera la sentencia del TOC Nº 1.