La Corte Suprema de Justicia rechazó el nombramiento de Ariel Lijo y por ahora no podrá ubicar una bancada en ese tribunal. Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y el recien nombrado Manuel García-Mansilla, dictaminaron que el actual magistrado deberá dejar primero su cargo en el juzgado federal. Ricardo Lorenzetti uno de los promotores de la candidatura fue el único que voto a favor.
Ante esto Lijo, tendrá dos opciones. No renunciar a su cargo y esperar al pronunciamiento del Senado o renunciar y asumir en comisión como propuso Milei. Por lo pronto el juez decidió mantenerse firme en su cargo y esperar que la Cámara Alta apruebe su pliego.
Los argumentos de Lijo para atornillarse en su banca tiene que ver con la comisión en la Corte se extiende hasta noviembre de este año. Si bien existe la posibilidad de continuidad, el magistrado que desde 2004 ocupa Comodoro Py, aun tiene allì 19 años de judicatura. En este marco prefiere epserar el visto bueno del Senado, que de esa manera si se le garantiza un rol vitalicio
Vale recordar que Lijo ya tiene dictamen favorable en la comisión de Acuerdos, pero el tratamiento de su pliego se ve demorado, por lo que Milei habia decididó que tanto el nombramiento de él, como de García Mansilla, sea a través de un decreto con el visto bueno de la Corte. En el segundo caso, ya tomo juramento la semana pasada.
El nombramiento de Lijo tiene una fuerte resistencia en la oposición, que entre medio de todos las últimas polémicas de Javier Milei (desde el escandalo cripto a la designación de estos magistrados por decreto), mostraron mayor recelo al nombramiento del Juez.
Vale destacar que para aprobar el pliego se necesita dos tercios de los senadores presentes. En el caso de que se presente todo el cuerpo, los pliegos se pueden aprobar con 48 votos. Con 25 votos en contra, ya seria desestimado.
Piden que se declare inconstitcional los nombramientos de Milei en la Corte
La Fundación Poder Ciudadano, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) presentaron una acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad de los nombramientos de Lijo y Garcia-Mansilla, junto con una solicitud de medida cautelar para que se suspendan sus efectos hasta tanto se resuelva la cuestión.
«La demanda plantea que hubo un apartamiento del procedimiento ordinario previsto por nuestra Constitución sin acreditar una situación excepcional que impidiera la correcta administración de justicia. De hecho, no sería la primera vez que la Corte Suprema operaría con menos integrantes. En el mes de febrero, con solo 3 miembros, dictó 802 fallos. Además, señalamos que el Senado no estuvo imposibilitado de sesionar, sino que lo hizo durante las sesiones ordinarias y extraordinarias, y que la designación en comisión jamás puede utilizarse para sortear la falta de consenso democrático que requiere nuestra norma fundamental para la integración de la Corte», indicaron en un comunicado.
«Con su accionar, el Poder Ejecutivo puso en grave riesgo la independencia judicial. Al eludir la mayoría de dos tercios que se requiere del Senado, los designados pasan a ser vistos como funcionarios del Presidente», agregaron